CFDI base para pago de ISR
Descubre cuál es la mecánica de determinación que está aplicando la autoridad y evalúa si te adhieres a ella o no
Fiscal Contable
En este 2016 los contribuyentes podrían recibir del SAT cartas invitación por adeudos vinculados con el incumplimiento de pagos provisionales, mensuales, trimestrales y anuales del ISR, con base en la información que obra en su poder derivada de la facturación electrónica.
Asimismo se prevé que recibirán estos exhortos, cuando la autoridad hacendaria detecte que:
- obtuvieron ingresos no declarados en el periodo vencido
- declararon en ceros, o
- los ingresos reportados no corresponden a los datos amparados en los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI’s)
Para calcular el ISR supuestamente omitido por el contribuyente, la autoridad empleará los siguientes procedimientos:
- pagos provisionales, mensuales y trimestrales
- ISR del ejercicio.
El contribuyente debe considerar que el hecho de realizar el pago en atención a la invitación, en ambos supuestos se considera como un adeudo autodeterminado. Esto implica que se dejan a salvo las facultades de comprobación preservando los plazos de la caducidad y la prescripción.
Además si bien al efectuar el entero en apego a la facilidad descrita se tendrá por presentada la declaración (pago provisional o anual del ISR), esto no libera al contribuyente de:
- ajustar sus registros contables mediante complementaria
- considerar las repercusiones en el IVA
- aumentar el coeficiente de utilidad, tratándose de personas morales
De ahí que es indispensable valorar el impacto que tiene esta autodeterminación, también en lo referente a los efectos en las figuras de la caducidad y prescripción.
Por la importancia que tiene esta forma de regularización se aconseja que conozcas a los detalles de misma en el tema “Determinación del ISR según los CFDI”.