CFDI con o sin código postal

Aprecia si entre las exigencias de validez es indispensable citar este dato del emisor

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Redacción

Por Joyce Pasantes

En los comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI’s) no es necesario incorporar el código postal del domicilio fiscal del emisor. Esto aun cuando en la práctica dicho dato se señale como parte elemental para ubicar determinado domicilio, lo cierto es que el artículo 29-A, fracción I del CFF no lo prevé.

De ahí que el legislador no lo exige como requisito de validez de los comprobantes fiscales. Tan es así que el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Cuarto Circuito así lo expresó en el criterio titulado: COMPROBANTES FISCALES. ENTRE SUS REQUISITOS DE VALIDEZ NO SE ENCUENTRA EL DE SEÑALAR EL CÓDIGO POSTAL DE LA PERSONA QUE LOS EMITIÓ, visible en el Semanario Judicial de la Federación, Décima Época, Materia Administrativa,  Tesis IV.1o.A.48 A (10a.), Tesis Aislada, Registro 2011667, mayo de 2016.

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