¿Proceden métodos de pago en CFDI's de nóminas?
Conoce si debe cumplir con esta nueva exigencia fiscal
Fiscal Contable
Por Antonio Castillo
A medida que se acerca esta fecha crucial, crecen los entre los contribuyentes diferentes cuestionamientos sobre este tema, pero la siguiente una consulta reiterada es:
¿También en la emisión de CFDI por pago de nóminas es obligatorio utilizar los métodos de pago dados a conocer por el SAT?
Sí, es necesario utilizar el nuevo catálogo de métodos de pago en la expedición de los CFDI’s de nóminas, a partir del próximo 15 de julio, de conformidad con la regla 2.7.1.32 del RMISC2016. Esto para dar cumplimiento a la exigencia marcada en el artículo 29-A, fracción VII, inciso a) del CFF.
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Esto es así, porque tanto la regla de carácter general mencionada, como el CFF no hacen distinción alguna en cuanto a qué tipo de comprobante fiscal debe observar tal exigencia, por consiguiente a los CFDI’s de nóminas también deben incorporarse el nuevo catálogo de métodos de pago.
De hecho los diferentes proveedores de CFDI ya están adecuando sus aplicaciones a efectos de que los CFDI’s de nóminas cumplan con este requisito, como se puede apreciar a continuación.
Como puedes percatarte es necesario que tu empresa acate todo lo anterior al momento de emitir los CFDI de nóminas a sus trabajadores, para asegurarse que los salarios y demás prestaciones pagados sean deducibles.