SAT devuelve impuestos a 1 millón de personas

Para deducir gastos es necesario que los pagos se hayan realizado a través de un medio electrónico

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Redacción

México (Notimex).- El SAT ha devuelto 8,700 millones de pesos a un millón 100,000 contribuyentes que ya presentaron su Declaración Anual 2016 y obtuvieron saldo a favor, con un monto promedio de 7,800 pesos por causante.

Al respecto, señaló que la Ley obliga al SAT a devolver los saldos a favor en un plazo no mayor a 40 días, pero con las ventajas que da la tecnología y la nueva herramienta de prellenado, el organismo se comprometió a hacer estas devoluciones en un plazo menor a cinco días.

En entrevista radiofónica, destacó que esta respuesta de los contribuyentes obedece a la simplificación de esta obligación fiscal que tienen las personas físicas durante el presente mes.

Mencionó que el organismo recaudador ha puesto a disposición de los contribuyentes una nueva herramienta que presenta una declaración prellenada y ha otorgado facilidades para los asalariados.

Precisó que las personas que están obligadas a presentar su declaración hasta el último día de este mes (aunque por ser día inhábil se correrá hasta el 2 de mayo), son las personas físicas que durante el año pasado.

Si los asalariados creen que pueden tener un saldo a favor, pueden presentar su declaración anual en cualquier momento del año y programar así la fecha en la cual deseen recibir su devolución de impuestos, añadió Santín Quiroz.

 “Lo hemos logrado en la mayoría de los casos, hemos tramitados al día de ayer ya más de un millón 100,000 saldos a favor, que representan un importe total de 8, 700 millones de pesos, para una devolución promedio de 7,800 pesos por los contribuyentes que han tenido un saldo a favor, y el periodo promedio de devolución es de cuatro días y medio”, afirmó.

El Jefe del SAT recordó que para poder deducir gastos, es necesario que los pagos se hayan realizado a través de un medio electrónico o un medio bancario, es decir, cheque, tarjeta de crédito, tarjeta de débito o transferencia interbancaria.

“Si el pago se hizo en efectivo no es susceptible de ser deducido y por lo tanto, aunque se tenga la factura y se refleje en la aplicación, esto no se computa para determinar la obligación final o el saldo a favor”, aclaró.

En el caso de Declaración Anual de las personas morales, cuyo plazo para cumplir con esta obligación termino en marzo, informó que se obtuvieron resultados positivos, pues se recibieron 704,000 declaraciones, con un crecimiento de 2%  por ciento respecto al año pasado.

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