Beneficios a afectados por sismo
Los contribuyentes que residen en Mexicali y en San Luis Río Colorado podrán pagar hasta en seis parcialidades sus impuestos
Fiscal Contable
Para apoyar a los contribuyentes afectados por el reciente sismo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en los municipios de Mexicali, Baja California, o San Luis Río Colorado, Sonora, mediante publicación en el DOF del 20 de abril de 2010, se otorgan los siguientes beneficios:
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las personas físicas podrán presentar hasta julio de 2010 su declaración anual de ISR e IETU, sin recargos ni sanciones en seis parcialidades consecutivas con actualización más no con recargos
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el ISR e IETU que resulte a cargo en los pagos provisionales de marzo, abril y mayo de 2010 se podrá cubrir hasta en seis parcialidades consecutivas con actualización más no con recargos
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en los pagos provisionales señalados en el punto anterior, se podrá acreditar el IETU excedente contra el pago provisional del ISR que efectivamente deban pagar correspondiente al mismo período y hasta por el monto del pago provisional de este último impuesto. El acreditamiento efectuado se considerará ISR propio efectivamente pagado
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los contribuyentes que con anterioridad a abril de 2010 cuenten con autorización para efectuar el pago a plazos de contribuciones omitidas y de sus accesorios, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes a tal mes y las subsecuentes que se les hubiesen autorizado, reanudando su pago a partir de mayo de 2010, sin sanción alguna
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los beneficios también resultarán aplicables a las sucursales, agencias o establecimientos del contribuyente ubicados en los municipios citados, pero de manera proporcional, siempre y cuando hubiesen presentado el aviso respectivo antes del 4 de abril de 2010
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si se dejan de pagar dos o más parcialidades, se revocarán los beneficios, y se cubrirá el monto total actualizado y con recargos
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no es aplicable el Decreto a los entes públicos
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los beneficios otorgados no da lugar a devolución o compensación