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 .  (Foto: IDC online)

Válidas las disposiciones inmobiliarias en la Ley de la Profeco

El pasado 16 de junio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, ante los múltiples recursos de revisión interpuestos por el sector inmobiliario, la validez de las obligaciones establecidas en la Ley Federal de Protección al Consumidor, vigentes desde el 4 de febrero de 2004, que obliga a las empresas inmobiliarias a poner a disposición de los consumidores, en caso de preventa, los documentos que acrediten la propiedad del inmueble, la información sobre las condiciones en que se encuentre el pago de las contribuciones y servicios públicos de los inmuebles, los planos estructurales, arquitectónicos y de instalaciones de los inmuebles, informar sobre la existencia de garantías hipotecarias, fiduciarias o de cualquier otro tipo, así como la personalidad del vendedor y la autorización para promover la venta, entre otros. Asimismo, la SCJN manifestó la obligación de que en los contratos de adhesión deberá insertarse una cláusula en la que se determine que la Profeco será competente en la vía administrativa para resolver cualquier controversia que se suscite sobre la interpretación o cumplimiento de los contratos inmobiliarios.

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