3689 Cambia Infonavit reglas sobre constancia de situación fiscal

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) publicaron en el Diario Oficial de la Federación (DOF), diversos documentos. A continuación el detalle de cada uno.


Infonavit enmienda sus reglas para emitir constancias de situación fiscal

El Consejo de Administración del Instituto aprobó el 31 de enero de 2024 la modificación de las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de amortizaciones, vigentes a partir del 23 de abril del presente año. Enseguida los cambios más relevantes:

  • las personas físicas o morales pueden obtener la constancia mediante el Portal Empresarial (https://empresarios.infonavit.org.mx) y o la página web del organismo (https://www.infonavit.org.mx) en la sección Constancia de Situación Fiscal utilizando su e.firma
  • el Infonavit emitirá la constancia, con la información de sus sistemas y reflejarán la situación que guardan los solicitantes, informando, entre otros datos: adeudos autodeterminados o créditos fiscales determinados por el Instituto con sus accesorios, así como si los débitos garantizados o los convenios de pago celebrados con el organismo
  • de no existir registros patronales (RP) asociados al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del solicitante, y el Infonavit emitirá la constancia sin antecedentes, y
  • la constancia de situación fiscal Infonavit, también se emitirá en los siguientes términos:
    • sin adeudo, cuando el peticionario esté inscrito como patrón ante el organismo y no presente adeudos o bien, estos se encuentren garantizados o exista un convenio de pago (en este último caso las obligaciones de entero asumidas deben estar cumplidas a la fecha de la emisión de la constancia), o
    • con adeudo, si el solicitante tiene débitos y estos no se encuentran garantizados o se hubiese suscrito un convenio de pago respecto de tales adeudos y, este se incumpla a la fecha de expedición de la constancia
  • las constancias tienen el carácter únicamente informativo por lo que no constituyen un acto o resolución de carácter fiscal y cuentan con una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión, y
  • la Subdirección General de Tecnologías de Información y la Coordinación General de Recaudación Fiscal, en un plazo no mayor de 90 días posteriores a la autorización y publicación de las presentes Reglas en el DOF; es decir, a más tardar el 21 de julio de 2024, deben implementar los ajustes digitales respectivos

 

IMSS ajusta trámites para prestaciones en dinero

Mediante el acuerdo número ACDO.AS2.HCT.260623/161.P.DPES y sus anexos, dictado por el H. Consejo Técnico en la sesión ordinaria del 26 de junio de 2023, se aprueban las Reglas Generales, lineamientos, así como datos, documentos y formatos específicos que se deben proporcionar o adjuntar para llevar a cabo diversos trámites ante el IMSS en materia de prestaciones en dinero que prevé la Ley del Seguro Social (LSS).

Dichas reglas están vigentes a partir del 23 de abril de 2024 y entre las novedades generales están las siguientes:

  • el interesado debe manifestar al solicitar su pensión, si disfruta o no de alguna otra bajo el Régimen Obligatorio del Seguro Social (ROSS) o del Régimen de Jubilaciones y Pensiones, y si dispuso de los recursos de la cuenta individual por una resolución de negativa de pensión del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad avanzada o Vejez (RCV)
  • la pensión solo puede depositarse en la cuenta bancaria del asegurado, aunque el trámite lo realice mediante un representante legal; salvo en caso de menores de edad y la tutela
  • el IMSS puede citar a los pensionados y beneficiarios para actualizar sus bases de datos de prestaciones económicas. De no acudir se tendrá por no comprobada la supervivencia y se suspenderá la pensión
  • con la información del aplicativo “Mi Pensión Digital”, el asegurado podrá iniciar su trámite de solicitud de pensión a través de internet.
    Las gestiones de pensiones de incapacidad permanente, invalidez, cesantía en edad avanzada o vejez, se realizarán a través de los formatos específicos que emita el aplicativo señalado, mismos que al emitirse, su autenticidad estará validada a través de la “Cadena Original” y “Sello Digital”, y
  • por seguridad económica y certidumbre de los asegurados, solo pueden solicitar y recibir el pago de los subsidios a los que tengan derecho, mediante ventanilla bancaria en los límites inferiores siguientes: 

Tipo de incapacidad

Umbral mínimo para acreditamiento en cuenta (días de salario mínimo general vigente en la CDMX)

Maternidad

174 (actualmente $ 43,313.82)

Riesgos de trabajo

39 (actualmente $ 9,708.27)

Enfermedad general

24 (actualmente $ 5,974.32)