Reglas de comercio exterior 2007
El día de hoy se publican las Reglas de Carácter General en materia de Comercio Exterior 2007 cuya vigencia será del 1o de mayo de 2007 al 30 de abril de 2008.
Dichas reglas contienen las siguientes novedades:
- adecuaciones de las anteriores disposiciones aplicables a las empresas Pitex y maquiladoras ahora
integradas como empresas con programa IMMEX; - requisitos para importar temporalmente vehículos para competencias o eventos automovilísticos;
- devolución de saldos a favor del IVA por las empresas con programa IMMEX exportadoras conforme
al procedimiento establecido en la regla 2.2.3 de la RMISC 2007; - las muestras o muestrarios de juguetes de importación deben tener un valor unitario de hasta 50
dólares y sólo podrán importarse un máximo de dos piezas del mismo modelo; - los pedimentos de retorno o exportación virtual e importación temporal en las transferencias de
bienes del sector textil y de confección clasificados en los capítulos 50 a 63 de la TLIGIE, podrán
presentarse en cualquier aduana; - se prorroga al 1o de enero de 2008, la rectificación de pedimentos con la aplicación de la tasa Prosec
retroactiva para las operaciones realizadas en el período comprendido entre el 20 de noviembre y
31 de marzo de 2006, cuando no se hubieran pagado los impuestos al comercio exterior conforme a
los tratados de libre comercio; - se prorroga al 31 de julio de 2007, la regularización de remolques y semiremolques importadores
temporalmente al amparo del artículo 106 de la LA; y - durante el período del 1o de mayo de 2007 y hasta la fecha de publicación del Anexo 22 de la
Resolución, las empresas con programa IMMEX deberán cumplir con lo dispuesto en el campo
14 “PRECIO PAGADO/VALOR COMERCIAL” del bloque “ENCABEZADO PRINCIPAL DEL PEDIMENTO”
y en los campos 14 “IMP. PRECIO PAG./VALOR COMERCIAL” y 16 “VAL. AGREG.” correspondientes
al bloque de “PARTIDAS” del Anexo 22 de las RCGCE 2006, conforme a la publicación en el DOF del
10 de abril de 2006.