1537 Consentimiento informado

1537 Consentimiento informado

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 .  (Foto: IDC online)

Consentimiento informado en materia de salud
Se precisa que el consentimiento que otorgue por escrito la persona en la cual se realizará la investigación hecha en seres humanos debe ser informado (artículo 100).
Ahora también se requiere del consentimiento informado por escrito para que en el tratamiento de una persona enferma, el médico pueda utilizar recursos bajo investigación de existir posibilidad fundada de salvar la vida, restablecer la salud o disminuir el sufrimiento del paciente (artículo 103).
Para el empleo en seres humanos de medicamentos o materiales sobre los que no se tenga evidenciad de su efectividad,  los interesados podrán presentar con su solicitud, un dictamen emitido por tercero autorizado para tal efecto por la Secretaría de Salud (SS), el cual contendrá el informe técnico correspondiente, relativo a la seguridad y validez científica del protocolo de investigación de que se trate. La SS resolverá lo conducente en un plazo máximo de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud y del dictamen (artículo 102).

Vigencia: A partir del 31 de enero de 2012.

Fuente: Decreto por el que se reforman los artículos 100, fracción IV y 103; y se adicionan un segundo y tercer párrafos al artículo 102 y un artículo 102 Bis a la Ley General de Salud (DOF del 30 de enero de 2012, SS).

PROFECO: días inhábiles
En 2012, se suspenderán las labores en la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y no correrán plazos y términos: el lunes 6 de febrero; el lunes 19 de marzo, en conmemoración del 21 de marzo; el jueves 5 y viernes 6 de abril; el martes 1 de mayo; el viernes 2 y lunes 19 de noviembre, y el martes 25 de diciembre.
Lo  anterior no aplica en lo relativo a las órdenes, ejecución y conclusión de las visitas de verificación a cargo de las unidades administrativas competentes de la PROFECO, así como en lo referente a la recepción de las quejas en el procedimiento de conciliación por parte de las unidades correspondientes.

Vigencia: A partir del 31 de enero de 2012.

Fuente: Acuerdo por el que se suspenden las labores de la Procuraduría Federal del Consumidor en los días que se indican, para el año dos mil doce (DOF del 30 de enero de 2012, PROFECO).

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