1555 Reglas para presentar el dictamen en el DF

1555 Reglas para presentar el dictamen en el DF

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 .  (Foto: IDC online)

Reglas para presentar el dictamen en el DF
Se dan a conocer las reglas para la presentación del dictamen. Cuando los contribuyentes hubieran iniciado sus actividades con posterioridad al 1o de enero y/o suspendido actividades antes del 31 de diciembre de 2011, lo presentarán por el período correspondiente.

Las contribuciones por las cuales se debe emitir dictamen son:

  • impuesto:
    • predial
    • sobre nóminas
    • por la prestación de servicios de hospedaje
    • sobre loterías, espectáculos públicos rifas, sorteos y concursos
  • derechos:
    • por el suministro de agua
    • de descarga a la red de drenaje

Quienes estén obligados a dictaminarse transmitirán a más tardar el 30 de marzo de 2012, a través del Sistema para la Presentación de Dictámenes por Internet (SIPREDI) el aviso para dictaminar, y hasta el 31 de mayo de 2012 el dictamen de contribuciones fiscales correspondientes al 2011.

Sólo se podrá presentar un dictamen, sin opción a complementarios, pero si se requiere modificar algún dato ya transmitido se exhibirá un escrito libre en la Subtesorería de Fiscalización de la Tesorería del DF, haciendo las aclaraciones respectivas.

Asimismo, se aprueban las formas oficiales vigentes, con las denominaciones siguientes:

  • Solicitud de registro de contadores públicos para formular dictamen de cumplimiento de las obligaciones fiscales (RCPSF)
  • Aviso para la sustitución del contador público registrado (TD-03)
    Los formatos indicados se podrán reproducir libremente, ajustándose a los aprobados y en todos los casos tendrán un tamaño carta de 28 X 21.5 centímetros.

Los contribuyentes que hagan dictaminar sus obligaciones fiscales respecto de los años 2004 y anteriores, se ceñirán a las disposiciones previstas en el Acuerdo por el que se aprueban y se dan a conocer las formas oficiales para la Solicitud de Registro de Contadores Públicos, Aviso para Dictaminar el Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales, Sustituir al Contador Público o de Prórroga para la Presentación del Dictamen, Anexo al Aviso y la Carta de Presentación de Dictamen de Cumplimiento de las Obligaciones Fiscales establecidas en el Código Financiero del DF, del 6 de julio de 2005.

De igual manera, quienes dictaminen sus deberes fiscales de los años 2005, 2006, 2007, 2008, 2009 y 2010 se sujetarán a las disposiciones publicadas en la Gaceta Oficial del DF los días 23 de junio de 2006, 5 de junio de 2007, 28 de abril de 2008, 16 de enero de 2009, 22 de enero de 2010 y 4 de abril de 2011, respectivamente.

Vigencia: A partir del 9 de marzo de 2012.

Fuente: Reglas de carácter general para el dictamen de cumplimiento de las obligaciones fiscales establecidas en el Código Fiscal del DF vigente en el año 2011; y Acuerdo por el que se aprueban y se dan a conocer las formas oficiales para la solicitud de registro de contadores públicos y aviso para sustituir al contador  público (Gaceta Oficial del DF del 8 de marzo de 2012).

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