3696 Catálogo de las cédulas para la valuación de las enfermedades de trabajo

Detalles de lo dado a conocer por la autoridad competente en el Diario Oficial de la Federación

Se dio a conocer en el Diario Oficial de la Federación del 30 de abril de 2024 el Acuerdo por el que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) da a conocer el Catálogo de las cédulas para la valuación de las enfermedades de trabajo, a que se refieren los artículos 513 y 514 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cual entra en vigor el 1o. de mayo de 2024.

Las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, contienen lo siguiente:

  • la identificación de la enfermedad (nombre y número de identificación conforme a la Clasificación Internacional de Enfermedades, 11.a revisión —CIE-11—)

  • el agente o agentes causales

  • las actividades económicas y puestos de trabajo

  • los elementos clínicos, paraclínicos y de exposición laboral; esto es, el criterio de causalidad (se describe el cuadro clínico; los estudios de laboratorio, de gabinete y otros estudios, que de manera enunciativa más no limitativa se han identificado para confirmar la enfermedad de trabajo; las características de la exposición laboral y el criterio de la relación causal), y 

  • los criterios de valuación (pronóstico; secuela alineada a las fracciones y valuación contenidas en la tabla para para la valuación de las enfermedades de trabajo)