1675 Modificación a Reglas del Estímulo para Inversión Teatral

1675 Modificación a Reglas del Estímulo para Inversión Teatral

Modificación a las Reglas de Aplicación del Estímulo para Inversión Teatral

Los cambios consisten en:

Nuevas obligaciones

La empresa productora responsable del proyecto de inversión que hubiese recibido aportaciones deberá presentar a la Secretaría Técnica:

  • Copia del comprobante de la transferencia emitido por la institución financiera por la aportación realizada con los siguientes requisitos:
    •  los datos que acrediten que la transferencia proviene de una cuenta a nombre del contribuyente aportante
    • que se recibió en una cuenta a nombre de la empresa productora responsable del proyecto de inversión
    • Los informes de los avances del proyecto de inversión sobre su producción, puesta en escena, temporada de estreno, permanencia en cartelera, temporada de reposición o circulación nacional, deberán presentarse trimestrales (antes semestrales) a partir de la fecha de autorización del estímulo fiscal. Las empresas ya autorizadas deberán presentar el primer informe trimestral  a más tardar el 10de mayo de 2013
    • Al aviso de inicio de temporada se le adicionará copia del convenio o contrato definitivo para el uso del espacio o espacios escénicos, debidamente firmado por las partes, así como tres discos compactos que contengan copia digital legible de todo el material de publicidad y de difusión utilizado en el proyecto de inversión

El contador autorizado que presente el informe sobre los recursos del estímulo utilizado, deberá llenar el formato denominado “Desglose de ingresos y gastos del proyecto de inversión”, disponible en las páginas de Internet de la SHCP, del CONACULTA y del INBA.  El documento se entregará en archivo digitalizado en un CD compatible con plataforma PC, en formato Excel.

Revocación de autorización

Si se revocó la autorización para aplicar el estímulo a una empresa productora, no será sujeta de un proyecto de inversión en ejercicios subsecuentes

Citas para  el desahogo de solicitudes

Durante 2013 los contribuyentes aportantes y la empresa productora responsable del proyecto de inversión tramitarán una cita ante la Secretaría Técnica del Comité para entregar la solicitud de aplicación del estímulo fiscal junto con la documentación correspondiente.

La cita se gestionará a través de la página de Internet de la SHCP www.hacienda.gob.mx a partir del 1o. de febrero de 2013, y se incorporará, los siguientes datos:

  • tipo de trámite: para teatro
  • nombre del proyecto de inversión
  • RFC, razón social y correo electrónico de la empresa productora responsable del proyecto de inversión
  • número de contribuyentes aportantes. el tiempo que se asignará para la recepción de la documentación dependerá de la cantidad de contribuyentes aportantes
  • RFC, nombre y correo electrónico del (de los) contribuyente(s) aportante(s)
  • nombre de la persona que entregará la documentación

Es necesario presentarse con el comprobante impreso de la cita con el día y hora asignados por el sistema, para poder realizar el trámite.

El último día del periodo de recepción de documentación, el sistema sólo asignará citas hasta las 13.30 horas, tiempo del centro.

Vigencia: A partir del 26 de enero de 2013.

Fuente: Acuerdo que modifica las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional (DOF del 25 de enero de 2013, SHCP).