2037 Anexo 16-A de la RMISC 2015/Condonación del predial en el DF

2037 Anexo 16-A de la RMISC 2015/Condonación del predial en el DF

Anexo 16-A de la RMISC 2015
Hoy se publicó el Anexo 16-A que se conforma con los:

  • instructivos de integración y de características para el llenado y presentación del dictamen
  • formatos guía para la presentación del dictamen de estados financieros para efectos fiscales emitido por contador público inscrito (CPR)
  • cuestionarios relativos a la revisión efectuada por el CPR para 2014, utilizando el sistema de presentación del dictamen 2014 (SIPRED’2014) aplicable a los tipos de dictámenes

Condonación del predial en el DF
Se condona el predial de 2015 a los propietarios o poseedores de inmuebles que presenten daños estructurales ocasionados por grietas y/o hundimientos diferenciados, ubicados en ciertas colonias de la Delegación Iztapalapa y cuenten con opinión técnica emitida por la Secretaría de Protección Civil del DF, así como de los accesorios, en los siguientes porcentajes (arts. primero y segundo):

Riesgo del inmueble Porcentaje de condonación
Bajo 50%
Mediano 75%
Alto 100%

El beneficio se tramitarán ante cualquier Administración Tributaria, para ello los interesados exhibirán a más tardar el 31 de diciembre del 2015, lo siguiente: Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial (boleta predial) y el original de la opinión técnica emitida por la Secretaría de mérito en la que se señale que el inmueble respecto del cual se aplicará la condonación, es de bajo, mediano o alto riesgo (art. tercero).

La condonación no:

  • es acumulable con ningún otro beneficio fiscal previstos en el CFDF, respecto de un mismo concepto y ejercicio fiscal, salvo cuando se trate de la reducción por pago anticipado (art. sexto)
  • da derecho a devolución o compensación alguna (art. séptimo)
  • aplica para las dependencias, entidades, órganos políticos administrativos y órganos autónomos de la administración pública, según corresponda, Federal, Estatal, Municipal o del DF (art. octavo)

Vigencia
A partir del 27 de enero de 2015, con efectos del 1o de enero al 31 de diciembre de 2015.

Fuente: Resolución de Carácter General por la que se condona total o parcialmente el pago del impuesto predial (Gaceta Oficial del DF del 26 de enero de 2015).

Seminarios IDC
IDC Asesor Jurídico y Fiscal lo invita a asistir a nuestro próximo seminario: "Tratamiento y llenado de los complementos de CFDI", que tendrá lugar el 30 de enero de 2015. Esperamos contar con su distinguida presencia. Mayores informes en el teléfono (55) 40403641.

IDConline en Redes sociales
Entérese de primera mano, de las notas exclusivas para nuestros usuarios.

Síganos en:

https://twitter.com/IDConline
https://www.facebook.com/IDConline

La Editora General