En materia de prácticas desleales al comercio internacional, la Secretaría de Economía publicó el 11 de septiembre de 2018, los siguientes documentos:
- el aviso sobre la vigencia de cuotas compensatorias, a través del cual comunica a los productores nacionales y a cualquier otra persona que tenga interés jurídico que están próximas a expirar las cuotas compensatorias definitivas, de los siguientes bienes originarios de:
- China, tubería de acero sin costura; vajillas y piezas sueltas de vajillas de cerámica; atomizadores de plástico; cobertores de fibras sintéticas de tejido tipo raschel; lápices; hexametafosfato de sodio; conexiones de acero al carbón para soldar a tope; malla o tela galvanizada de alambre de acero al carbón, en forma de cuadrícula; placa de acero en hoja; clavos de acero para concreto; licuadoras de uso doméstico o comercial; y cables de acero
- Rusia y Kazajstán, lámina rolada en frío, y
- India, metoprolol tartrato, y
- la resolución preliminar por la que continuará el procedimiento –en la modalidad de discriminación de precios–, sin imponer cuotas compensatorias provisionales a las importaciones definitivas y temporales de hule polibutadieno estireno (SBR) en emulsión, que ingresen por las fracciones arancelarias 4002.19.01, 4002.19.02, 4002.19.03 y 4002.19.99, o por cualquier otra, originarias de los Estados Unidos de América, Polonia, Corea y Japón, independientemente del país de procedencia