2754 Ollas de presión de aluminio con cuota compensatoria

Detalles de lo dado a conocer por la autoridad en el Diario Oficial de la Federación

La Secretaría de Economía (SE) continuará el procedimiento de investigación en materia de prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, e impone una cuota compensatoria provisional de 67.72 % a las importaciones de ollas de presión de aluminio originarias de China, independientemente del país de procedencia, que ingresan por la fracción arancelaria 7615.10.01 o por cualquier otra.

La citada cuota compensatoria se aplicará sobre el valor en aduana declarado en el pedimento correspondiente; y no se pagará cuando el importador compruebe que el país de origen de la mercancía es distinto a China.