2860 DOP bajo investigación antidumping

Detalles de lo publicado en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 19 de marzo de 2020 la Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio del procedimiento administrativo de investigación antidumping sobre las importaciones de ftalato de dioctilo originarias de la República de Corea y de los Estados Unidos de América, independientemente del país de procedencia, que ingresan por la fracción arancelaria 2917.32.01, o por cualquier otra.

El producto objeto de investigación conocido como DOP, es un compuesto orgánico con la fórmula química C6 H4 (CO2 C8 H17)2, y es el miembro más común de la clase de ftalatos utilizados como plastificantes primarios.

Se fijan como periodos de investigación y de análisis de daño los comprendidos del 1o. de julio de 2018 al 30 de junio de 2019; y del 1o. julio de 2016 al 30 de junio de 2019, respectivamente.