La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 21 de enero de 2021 el “Acuerdo por el que se da a conocer el Quinto Protocolo Adicional del Acuerdo de Complementación Económica No. 51 celebrado entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Cuba”.
Este instrumento contiene el texto del Quinto Protocolo adicional del ACE-51, el cual contempla la modificación a los requisitos del llenado del Campo No. 7 “CERTIFICACIÓN DE ORIGEN” del formato del certificado de origen, señalado en la Sección B, referido en el artículo 12 del Anexo III del Segundo Protocolo Adicional –DOF del 10 de julio de 2002–.
Los ajustes realizados al campo 7 del formato son para establecer que la certificación de origen –llenada por la autoridad competente de la Parte exportadora–, deberá indicar el lugar y la fecha en que se expide, el nombre y la firma del funcionario autorizado y sello de la entidad certificadora.
Asimismo, se dispone que la firma del funcionario podrá ser autógrafa, facsímil o impresa por otro medio electrónico por la entidad certificadora; y que el sello de dicha entidad podrá ser impreso en tinta, en imagen o impreso por otro medio electrónico de la misma.
El acuerdo entrará en vigor el 22 de enero de 2021.