Infonavit apoya a prestadores de servicios especializados para su regularización fiscal
La STPS habilitó el portal de registro de prestadoras de servicios especializados u obras especializadas (REPSE) para dar cumplimiento a la reciente reforma del artículo 15 de la LFT, el cual prevé que las personas físicas o morales, que proporcionen servicios especializados (SE) u obras especializadas (OE) deben contar con registro ante dicha secretaría.
Uno de los requisitos para lograr el registro, es comprobar el cumplimiento de las obligaciones ante el Infonavit, por lo que dicho ente puso a disposición de los interesados las siguientes alternativas para brindarles asesoría en torno a la regularización de su situación fiscal:
- videollamada, aquí los patrones deben:
- ingresar al Portal Empresarial del Infonavit con su Número de Registro Patronal (NRP), correo electrónico y contraseña registrados
- en el menú localizado en la parte superior del sistema, seleccionar el apartado Centro de Atención Empresarial y elegir el rubro Agenda tu cita
- dar clic en el botón Cita Virtual y seleccionar la opción Videollamada Subcontratación, e
- indicar el día y horario de su preferencia para llevar a cabo la videollamada, capturando el formulario respectivo, y oprimir el botón.
El solicitante debe recibir un mensaje en su e-mail con la confirmación de la cita
- centro de atención empresarial (CAE), en este caso los empleadores tienen que:
- acceder al Portal Empresarial del Infonavit con el NRP, correo electrónico y contraseña registrados
- ubicar en el menú superior de la pantalla, la sección Centro de Atención Empresarial y seleccionar el rubro Realiza tu solicitud y dar clic en Servicio y escoger el apartado Consulta, y
- hacer referencia sobre el Registro en la plataforma REPSE y detallar brevemente las dudas en el campo Descripción. Al terminar pulsar el botón Enviar solicitud.
El sistema emitirá un número de solicitud para dar seguimiento a la consulta
En ambos casos, el personal del Instituto se pondrá en contacto con el interesado para revisar la situación de cada adeudo que se tenga y en su caso, para las aclaraciones o el pago respectivo.
Acuerdo modificatorio a las Notas Nacionales de la TLIGIE
La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 6 de julio de 2021 el “Acuerdo que modifica al diverso por el que se dan a conocer las Notas Nacionales de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación”.
El acuerdo reforma la Nota Nacional 4 del Capítulo 64 (Calzado, polainas y artículos análogos; partes de estos artículos) de la Sección XII (Calzado, sombreros y demás tocados, paraguas, quitasoles, bastones, látigos, fustas, y sus partes; plumas preparadas y artículos de plumas; flores artificiales; manufacturas de cabello) para definir las tallas de calzado para niños o niñas, e infantes por separado, toda vez que estas se agrupaban en un solo inciso (c) en el acuerdo publicado en el DOF el 26 de diciembre de 2020.
Dichas tallas quedarán definidas de la siguiente manera:
- Calzado para niños o niñas, el de talla mexicana igual o superior a 17 (equivalente a la talla 8-1/2 de Estados Unidos de América [E.U.A.]), pero inferior a lo señalado en las notas precedentes a) y b), y
- Calzado para infantes, el de talla mexicana inferior a lo señalado en las notas precedentes a), b) y c)
El acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el DOF.