La Secretaría de Economía (SE) publicó en el DOF del 16 de julio de 2021, edición vespertina, el “Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación” (TIGIE), el cual entró en vigor el día siguiente al de su publicación.
La reforma a la tarifa arancelaria es para eliminar la referencia a los Sistemas Alternativos de Consumo de Nicotina (SACN) en la:
- descripción la fracción arancelaria 8543.70.18, la cual queda como: Sistemas Electrónicos de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistemas Similares Sin Nicotina (SSSN), cigarrillos electrónicos y dispositivos vaporizadores con usos similares, excepto los dispositivos de calentamiento de cartuchos o unidades desmontables con tabaco, y
- Nota Nacional 16 del Capítulo 85 “Máquinas, aparatos y material eléctrico, y sus partes; aparatos de grabación o reproducción de sonido, aparatos de grabación o reproducción de imagen y sonido en televisión, y las partes y accesorios de estos aparatos"
La mercancía (dispositivos de vapeo) clasificada en esa fracción arancelaria se mantiene prohibida tanto para su importación como exportación.