El 23 de abril de 2021 se publicó en el DOF el decreto mediante el cual se establecen diversas restricciones a la subcontratación laboral.
En los artículos transitorios se estableció diferentes inicios de vigencia atendiendo a cada materia en particular, asimismo se otorgaron prórrogas de transición al nuevo esquema.
En materia fiscal la entrada en vigor se previó en un inicio para el 1 de agosto de 2021; sin embargo, con la publicación en el DOF el 31 de julio de 2021 del decreto que modifica los artículos transitorios del decreto que restringe las operaciones de subcontratación laboral, el nuevo plazo para el inicio de vigencia en relación con las reformas la LISR, LIVA y CFF es el 1o. de septiembre de 2021.
En ese contexto es importante recordar algunas de las modificaciones en esta materia que entrarán en vigor el próximo mes:
ISR
- Requisitos para la deducción de operaciones de subcontratación especializada
- La no deducibilidad de las operaciones de subcontratación
IVA
- Se elimina la retención del IVA del 6 %
- Se restringe el acreditamiento del IVA de servicios de subcontratación prevaleciendo la especializada
CFF
- Prohibición de deducción y acreditamiento de la subcontratación laboral genérica prevaleciendo la especializada
- Se establece la responsabilidad solidaria para las personas físicas y morales que reciban servicios de subcontratación
- Se regula la infracción y multa en caso de incumplimiento de las formalidades exigidas para los servicios de subcontratación especializada
- Se tipifica como delito de defraudación fiscal a quien utilice esquemas de simulación de servicios especializados