3362 Cierre de UMF 37 IMSS en CDMX/ Decisión No. 111: TLC México Colombia

Detalles de lo dado a conocer en el Diario Oficial de la Federación por la autoridad competente

Cierre de la UMF 37 IMSS en la CDMX

El doctor José Antonio Zamudio González, titular del Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Norte de la CDMX del IMSS, dio a conocer en el DOF del 17 de junio de 2022 a los derechohabientes y público en general sobre el cierre de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) número 37, a partir del 18 de junio del presente año.

En consecuencia, se hace la reasignación de los servicios médicos a la UMF número 15, ubicada en: calle Riobamba, número 68, colonia Magdalena de las Salinas, alcaldía Gustavo A. Madero, CP 07760, CDMX, a partir del 20 de junio de 2022.


Decisión No. 111: TLC México Colombia

La Secretaría de Economía publicó en el DOF del 17 de junio de 2022 el “Acuerdo por el que se da a conocer la Decisión No. 111 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República de Colombia, adoptada el 16 de mayo de 2022.

En esta decisión se acordó otorgar por el periodo del 17 de junio de 2022 al 16 de junio de 2024, una dispensa temporal en la modalidad de nuevos productos –de conformidad con lo dispuesto en los párrafos 2 y 4 del artículo 6-24 del tratado–, mediante la cual México aplicará el arancel de importación de bienes originarios a ciertos textiles elaborados totalmente en Colombia utilizando materiales producidos u obtenidos fuera de la zona de libre comercio; y que cumplan con los demás requisitos de la regla de origen correspondiente, así como con las demás condiciones aplicables para el trato arancelario preferencial.

Los nuevos productos por los que se otorga una dispensa temporal durante este periodo son:

Textiles

Insumo utilizado

Subpartidas

Fracción arancelaria en Colombia y descripción

6004.10, 6005.36, 6005.37, 6005.38, 6005.39, 6006.31, 6006.32, 6006.33, 6006.34, 6104.63, 6105.20, 6106.20, 6108.22, 6112.31, 6112.41, 6212.10 y 6212.20 y 6212.90

5402.31.00.00

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos sintéticos de título inferior a 67 decitex. Hilados texturados. De nailon o demás poliamidas, de título inferior o igual a 50 tex, por hilo sencillo.

1. Poliamida 6.6, título en decitex: 44, 34 filamentos, lustre ultramate, color crudo, texturizado, reciclado, torsión S y Z

5402.44.00.10

Hilados de filamentos sintéticos (excepto el hilo de coser) sin acondicionar para la venta al por menor, incluidos los monofilamentos sintéticos de título inferior a 67 decitex. Los demás hilados sencillos sin torsión o con una torsión inferior o igual a 50 vueltas por metro. De elastómeros.

1. Elastan de título 60, 4 filamentos, 1 cabo, 100% elastan semibrillante, crudo, redondo, clororesistente

Los bienes estarán sujetos a los mecanismos de verificación y certificación del tratado.