El 31 de octubre de 2022 se dio a conocer en el portal del SAT la segunda versión anticipada de la novena resolución de modificaciones a la RMISC 2022, así como sus anexos 1 y 1-A.
Regla
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Cambio
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Trigésimo octavo transitorio
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Los contribuyentes que opten por tributar en el RESICO-PF, deberán contar con e.firma activa a más tardar el 31 de marzo de 2023 (antes 31 de diciembre de 2022)
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Cuarto
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La “Declaración informativa de depósitos en efectivo”, se publicará en el portal del SAT, el 1 de noviembre de 2022.
Para el ejercicio 2022, los contribuyentes presentarán la declaración informativa de depósitos en efectivo por cada mes del ejercicio, a partir del 1o. de diciembre de 2022, en términos de lo establecido en la regla 3.5.21. y el artículo Trigésimo Segundo Transitorio
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Quinto
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Quienes realicen pagos bajo el régimen de sueldos y salarios y que estén obligados a emitir CFDI por los mismos, podrán optar por emitirlos hasta el 31 de marzo de 2023 en su versión 3.3 con complemento de nómina en su versión 1.2
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Este documento está pendiente de publicación en el DOF; no obstante, en virtud de la regla 1.8 de la RMISC 2022, los beneficios podrán ya aplicarse.