Las Secretarías de Energía (Sener) y de Economía (SE) publicaron en el DOF del 18 (edición vespertina) y 19 de septiembre de 2024, respectivamente el:
- Acuerdo que modifica el diverso que establece las mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Energía, el cual, entre otros aspectos:
- actualiza y simplifica el procedimiento para la obtención de los permisos previos de importación o de exportación de petrolíferos e hidrocarburos, considerando el tipo de mercancía, uso y cantidades solicitadas
- incluye un catálogo de especificaciones que contiene la composición y propiedades fisicoquímicas de las mercancías que se clasifican en las fracciones arancelarias reguladas en el título tercero del acuerdo (Permisos previos de importación y exportación de petrolíferos e hidrocarburos)
- dispone que las solicitudes de permiso previo de importación o exportación de hidrocarburos o petrolíferos que se hayan presentado antes de la entrada en vigor de este acuerdo se sustanciarán hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de la presentación de la solicitud, y
- establece que los permisos previos de importación o exportación de petrolíferos o hidrocarburos que hayan sido otorgados por la Secretaría de Energía antes de la entrada en vigor de este acuerdo, serán válidos hasta que concluyan su vigencia o agoten el volumen autorizado, de igual forma, los derechos y obligaciones derivados de los mismos se regirán conforme a las disposiciones jurídicas aplicables a la fecha de su emisión
El este acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF (Sener, DOF del 18 de septiembre, edición vespertina)
- Aviso por el que se dan a conocer los nombres de los titulares y números de Programas de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación cancelados, en este aviso se pueden consultar los datos (número de IMMEX y año; denominación o razón social y RFC) de los contribuyentes a quienes les fue cancelado el programa IMMEX, por:
- haber omitido presentar el reporte anual de operaciones de comercio exterior de 2023, y
- no tener el domicilio fiscal y aquellos en los que realicen sus operaciones al amparo del programa, inscritos y activos en el RFC (SE, DOF del 19 de septiembre)