Cambios en el registro de marcas

Con estas modificaciones se establece un sistema de oposición durante su trámite

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 .  (Foto: Getty)

Por Aglaé Ordoñez

El 29 de abril de 2916, la Cámara de Diputados aprobó un decreto para reformar y adicionar la Ley de la Propiedad Industrial, en especial en algunas disposiciones relacionadas con el registro de marcas, turnándolo al ejecutivo para los efectos constitucionales.

Dentro de las propuestas se cambió su numeral 119 para que una vez que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) reciba la solicitud para el registro de una marca proceda a publicarla en su gaceta mensual, a más tardar en los 10 días hábiles siguientes, sin menoscabo de la realización del examen de forma.

De igual forma, se reformó el artículo 120 para que una persona que considere que la solicitud publicada se ubica en alguno de los supuestos previstos en los artículos 4o (cuando los contenidos o forma sean contrarios al orden público, a la moral y a las buenas costumbres o contravengan cualquier disposición legal) y 90 (supuestos en los que una marca no es registrable) se opongan a su registro, dentro del plazo improrrogable de un mes, contado a partir de la fecha en que surta efectos la publicación respectiva.

La oposición deberá presentarse por escrito, acompañada de la documentación que se estime conveniente, así como del comprobante de pago de la tarifa correspondiente.

Su ejercicio no suspenderá el trámite ni atribuirá a la persona que la hubiere presentado el carácter de interesado, tercero o parte. Tampoco prejuzgará sobre el resultado del examen de fondo que realice el Instituto sobre la solicitud, pero sí podrá ser considerada al momento de que el IMPI efectúe el examen de fondo.

Por otro lado, se modificó el artículo 123 para que en el caso de que el interesado al momento de subsanar un impedimento legal para el registro de su marca, la modifique o sustituya, este se sujete a un nuevo trámite, por ende, pague la tarifa correspondiente a una nueva solicitud; satisfaga los requisitos legales y vuelva a ser publicada en la gaceta del IMPI.