STPS implementa nuevo sistema de acreditación

La dependencia lo creó para que las compañías, si lo desean, informen su nivel de cumplimiento de las directrices laborales

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 .  (Foto: iStock)

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el DOF de este 1o. de agosto un acuerdo por el que crea el sistema que ayudará a los patrones a declarar a la autoridad laboral, de manera voluntaria y bajo protesta de decir verdad, el nivel de cumplimiento de las condiciones generales de trabajo, capacitación y adiestramiento y seguridad y salud que prevalecen en los establecimientos en donde cuenten con trabajadores, el cual estará vigente a partir del 2 de agosto de 2017.

Del acuerdo aludido destacan lo siguientes aspectos:

  • se creó el sistema para acercar al empresariado el servicio digital en el sitio en Web: http://cumplilab.stps.gob.mx/, como parte de los mecanismos alternos de inspección que la STPS está facultada para crear, con el propósito de que aquellos informen y prueben que se actualizan las obligaciones derivadas de la LFT y sus Reglamentos de manera sencilla, transparente y gratuita e incentivar que observen el marco legal en beneficio propio y de su personal (arts. 2o. fracc. VI; 46, y 47, Reglamento General de Inspección del Trabajo y Aplicación de Sanciones (RGITAS)
  • la Dirección General de Inspección Federal del Trabajo (DGIFT) de la STPS y las Delegaciones Federales del Trabajo, serán las oficinas gubernamentales competentes para administrar y llevar a cabo las acciones relacionadas con el sistema
  • los acuses que genera el sistema constatan el nivel de cumplimiento; no obstante la DGIFT, las Delegaciones, las Subdelegaciones o las Oficinas Federales del Trabajo podrán corroborarlo a través de un procedimiento inspectivo.

En caso que la STPS considere que los niveles de sujeción a la reglamentación es alto, puede conceder un reconocimiento por escrito, previa constatación de lo manifestado por parte de las oficinas encargadas de este tema

  • las negociaciones que obtengan el acuse estarán eximidas de la realización de visitas de inspección ordinarias iniciales y periódicas, por el lapso de un año contado a partir de la fecha de expedición de aquel (art. 27, fraccs. I y II, RGITAS)
  • si se proporcionan datos falsos; con dolo o mala fe, los patrones detectados serán objeto de inspecciones extraordinarias
  • el nuevo acuerdo abroga el similar con el que se estableció el sistema para declarar las condiciones de seguridad y salud que prevalecen en los centros de trabajo, publicado en el DOF el 30 de abril de 2013 y el diverso que fijó los lineamientos de operación y funcionamiento, difundido en el mismo medio oficial el 3 de julio de 2013, y
  • los acuses emitidos de conformidad con el esquema relativo a las medida de seguridad y salud que estén  vigentes, serán válidos hasta la fecha de su vencimiento; asimismo, los cuestionarios contestados en este mismo contexto, que no se hayan concluido y se encuentren en curso, tendrán un plazo máximo de 60 días naturales contados a partir de la fecha en que aceptó los términos de uso en ese sistema, para obtener el acuse correspondiente, siempre y cuando dicha aprobación se hubiese efectuado antes de la fecha de publicación del nuevo acuerdo