Buena fe en el derecho laboral
Qué conlleva esta máxima en las relaciones de trabajo y qué actuación se espera de los patrones y sus colaboradores
Laboral
El principio de buena fe se entiende como un eje ético presente en cualquier ordenamiento jurídico que tiene por objeto establecer los modelos de conducta correctos, y que por ende, se deben seguir en una relación jurídica, es decir, establece la “media” social aceptada y esperada.
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La buena fe es una clara manifestación del “deber ser” del que habla David Hume, economista, sociólogo, filósofo historiador escocés, en su Tratado sobre la Naturaleza Humana, en virtud de que esta se presume en todo momento, hasta ser demostrado lo contrario; consecuentemente es una expectativa social.
Naturalmente es un supuesto presente en todos los ordenamientos y sistemas jurídicos, por tanto, se convierte en un criterio ordenador de las relaciones de hecho y de derecho y, citando a Marco Tulio Cicerón, abogado, filósofo, orador y político romano, es: el fundamento de la justicia.
Dicho principio cobra especial importancia en el análisis del derecho laboral, apelando a la naturaleza social de este, mismo que regula una relación que presupone subordinación, entendida esta como un don de mando correlativo a un deber de obediencia.
Esta característica es un requisito esencial para estar frente a un vínculo de trabajo que, de facto, encuadra a las partes en una situación de inequidad de circunstancias, posibilidades, condiciones y, consecuentemente, se hace indispensable considerar y presumir la buena fe en estos vínculos, independientemente de si deriven o no de un nexo contractual.
¿Qué implica el principio de buena fe?
Según la doctrina, se debe de distinguir entre la subjetiva y la objetiva. La primera se refiere, de manera más amplia, a un aspecto psicológico, es decir, aquel que actúe bajo esta clase cree estar realizando una conducta correcta aun cuando esta no lo es.
Se entiende en su aspecto subjetivo, la referencia a una creencia o a un estado de conciencia; mientras que la objetiva es una regla de comportamiento mínimamente estandarizada, en otros términos, la persona que actúa de manera común y correcta obra con buena fe objetiva.
Importancia de la buena fe en el derecho laboral
Esta máxima es indispensable en cualquier relación jurídica y los lazos de trabajo no son la excepción.
El derecho laboral forma parte de un sistema jurídico mayor a este, es decir; se entiende que este ámbito es un género dentro de una especie; por tanto, resulta lógico deducir que si dicho axioma está presente en el sistema jurídico de forma genérica, entonces estará obligatoriamente presente en el campo del trabajo y las particularidades que de este emanen.
De manera inevitable, los vínculos laborales por su propia naturaleza nos remiten a una relación de confianza y exigen por si mismas un trato leal y correcto entre los sujetos que la componen, por ese motivo, se entiende que hasta cierto punto existe una mayor exigencia al cumplimiento del principio de buena fe.
Previsión legal
La LFT únicamente menciona en dos ocasiones a la buena fe; por un lado en su numeral 31, el cual establece:
Los contratos y las relaciones de trabajo obligan a lo expresamente pactado y a las consecuencias que sean conformes a las normas de trabajo, a la buena fe y a la equidad.
Por otro, el precepto 841 de la LFT, en donde fija:
Los laudos se dictarán a verdad sabida y buena fe guardada, y apreciando los hechos en conciencia, sin necesidad de sujetarse a reglas o formulismos sobre estimación de las pruebas (…).
Ambas menciones se desprenden del antiguo principio del derecho romano que en su locución: pacta sunt servanda, los contratos están para cumplirse; uno no entra en un acuerdo pensando en el incumplimiento de cualquiera de las partes; se presume la buena fe.
Este principio se esclarece inclusive en el Código Civil Federal en su dispositivo 257: La buena fe se presume; para destruir esta presunción se requiere prueba plena, aplicable por analogía a cualquier materia en tratándose de contratación.
Rol de patrones y trabajadores
Entiéndase que la relación de trabajo es un contrato bilateral por cuanto hace a las cargas obligacionales; por ende, ambas partes deben de cumplir con ciertas condiciones y deberes, sin haber recibido de la otra parte prestación alguna, mismas que idealmente estarían contempladas en un instrumento jurídico de esta naturaleza.
De esta suerte, resulta necesario que los empleadores y los colaboradores actúen con buena fe y tengan la certeza de que el otro sujeto actuará del mismo modo, asegurando así el cumplimiento de futuras responsabilidades.
Este punto recobra especial relevancia en un sistema comercial moderno en donde, en la mayoría de las ocasiones, los individuos que participan de una transacción no se conocen y por ende, en donde no obre confianza, debe permanecer el principio de presunción de buena fe.
En el caso del subordinado, la buena fe impone el deber satisfacer la obligación fijada, no únicamente a la letra del contrato, sino al espíritu de la relación correspondiente; por otra parte, en el caso del patrón implica que se tiene que ejercer el don de mando según la confianza que se deposita en el trabajador.
Es importante notar que la máxima referida no tiene cabida únicamente en los contratos individuales de trabajo, este principio se aplica también a los contratos colectivos, así como en los aspectos procesales y por demás diversos que se desprendan de los lazos laborales.
Conclusión
Es válido afirmar que la buena fe es un eje rector en cualquier tipo de relación y contrato laboral, y es, además, una consideración que se tomará como guía por parte de la autoridad para cualquier determinación.
Además un elemento natural y característico de la vida y de las relaciones humanas.