STPS delega facultades a sus directores
Dicha Secretaría dio a conocer la reorganización de la forma de operar de sus unidades administrativas, con el fin de conocer las necesidades de la sociedad
Laboral
Las Delegaciones Federales del Trabajo entre otras facultades, pueden: representar al titular de la Secretaría y a sus unidades administrativas, en los actos, foros y eventos relacionados con la materia laboral; instaurar, sustanciar y resolver el procedimiento administrativo para el cumplimiento de las normas de trabajo; dictaminar las actas levantadas por los inspectores federales del trabajo; vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo; y firmar las órdenes de visita de inspección y, por conducto de los inspectores federales del trabajo e inspectores del trabajo calificados, practicar las inspecciones ordinarias y extraordinarias a los centros de trabajo (art. 31, Reglamento Interior de la STPS —RISTPS—.
LEE: STPS BUSCA SUMAR A PERSONAS EN CONFLICTO CON LA LEY
En virtud de ello, la STPS dio a conocer en el DOF del 2 de mayo de 2019 un acuerdo mediante el cual delega en diversos servidores públicos, las facultades a que se refiere el numeral 31 del RISTPS, el cual entra en vigor en esa misma fecha.
Dichas potestades se confían en el titular de la Dirección de:
- Análisis y Prospectiva Delegacional, las cuales se ejercerán, indistintamente, dentro de las circunscripciones territoriales de las Delegaciones Federales del Trabajo (DFT), con sede en los estados de Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán y Nayarit, así como de la Subdelegación Federal del Trabajo (SFD) en León, Guanajuato y de la Oficina Federal del Trabajo (OFT) en Puerto Vallarta, Jalisco
- Seguimiento Operacional, las que se llevarán, indistintamente, dentro de las circunscripciones territoriales de las DFT, con sede en los estados de Baja California, Baja California Sur, Sonora, Chihuahua, Sinaloa y Durango, así como de las SFD en Ciudad Juárez, Chihuahua y Gómez Palacio, Durango, y de las OFT en Ensenada y Tijuana, Baja California; Guaymas, Sonora; Hidalgo del Parral, Chihuahua, y Mazatlán, Sinaloa
- Análisis y Desarrollo Delegacional, mismas que se desarrollarán, indistintamente, dentro de las circunscripciones territoriales de las DFT, con sede en los estados de Querétaro, Estado de México, Morelos, Guerrero y en la Ciudad de México; así como de las SFD en Naucalpan de Juárez, Estado de México; Acapulco de Juárez, Guerrero y Coyoacán, Ciudad de México
- Coordinación para el Diálogo Social, las cuales se efectuarán, indistintamente, dentro de las circunscripciones territoriales de las DFT, con sede en los estados de Veracruz, Hidalgo, Tlaxcala, Puebla y Oaxaca, así como de la SFD en Veracruz, Veracruz y de las OFT en Coatzacoalcos, Orizaba y Poza Rica de Hidalgo, Veracruz, y en Salina Cruz, Oaxaca
Estos directores tienen la responsabilidad de coordinar y supervisar la operación y el funcionamiento de las delegaciones, subdelegaciones y OFT, con sede en las entidades federativas de su competencia.
Asimismo, pueden auxiliarse en los directores jurídicos, y demás personal adscrito a las delegaciones, subdelegaciones y OFT de su competencia, quienes les estarán directamente subordinados.