Proponen multas de 845,000 a quienes abusen del outsourcing
Los sindicatos afines al PRI presentaron un proyecto de reforma para regular el outsourcing y endurecer las penas contra prácticas laborales agresivas
Laboral
Los sindicatos afiliados al PRI presentaron una iniciativa para regular la subcontratación laboral, la cual prevé “el endurecimiento de las multas” a quienes abusen de este modelo. Con esta reforma, las empresas con esquemas de outsourcing agresivos podrían ser sujetos de multas de hasta 845,000 pesos.
El diputado Isaías González Cuevas, líder de la Confederación Revolucionaria de Obreros y Campesinos (CROC), presentó en la Cámara de Diputados el proyecto de reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Sin embargo, es respaldado por otros sindicatos, como la Unión Nacional de Trabajadores (UNT) y la Confederación de Trabajadores de México (CTM).
Esta iniciativa, la tercera que se presenta en la materia en San Lázaro en el presente periodo de sesiones, propone varios cambios. Define y homologa conceptos como “subcontratación”, establece mayores responsabilidades para las autoridades y detalla las condiciones laborales que deben proveer las empresas de outsourcing, así como sus obligaciones fiscales.
“Es un hecho que las malas prácticas de la subcontratación han escalado tal gravedad” que hay quienes las clasifican “como lavado de dinero”, se lee en la exposición de motivos. El “alto grado de simulación”, al registrar a trabajadores con un sueldo inferior al real o como profesionistas independientes, requiere mayores penalidades.
El artículo 1004-C de la ley laboral indica actualmente que la sanción por aprovecharse del outsourcing será el pago de entre 200 y 500 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Pero los sindicatos demandan que sea de 500 a 10,000 veces la UMA, que en este 2019 equivale a 84.49 pesos diarios. Agregan que la multa no elimina la sanción administrativa o penal que se pudieran ganar.
Nada de solidaridad, es responsabilidad
A principios de este 2019 los legisladores discutieron varias modificaciones a la Ley Federal del Trabajo, que finalmente aprobaron en mayo. Quedó pendiente una nueva regulación al outsourcing. “Se estableció como un compromiso” analizarlo en este nuevo periodo de sesiones, reconoce el diputado Isaías González.
Este modelo de empleo está vigente en México desde 1970. Se estima que hay más de 2,000 empresas, “pero solo 100 cuentan con registro ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)”. De éstas, apenas 40% paga impuestos y sólo 20% cumple con auditorías legales y fiscales.
Si bien no hay cifras oficiales de cuántos trabajadores están empleados bajo ese régimen en el país, la consultora Staffing Industry Analysts calcula que son la quinta parte del total. “Algunos estudios hablan de que hay entre 2.4 y 4 millones”. Para algunos investigadores cerca del 10% de los trabajadores en México labora bajo esta figura.
La CROC, la UNT y otras organizaciones como el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México (STUNAM) o la Confederación de Trabajadores de México (CTM), coinciden “contundentemente a favor de la regulación del outsourcing en México”. Se necesita, dicen, para generar certidumbre, garantizar los derechos laborales y obligar al cumplimiento de las obligaciones fiscales.
Para empezar, definen que la subcontratación es “el proceso mediante el cual una empresa contrata a otra externa para que se haga cargo de cierta parte de su actividad o proceso productivo”. Por lo tanto, subcontratista es aquel que provee de esos servicios.
Entonces, eliminan la palabra “intermediarios” en la ley y la sustituyen por “subcontratistas”. También suprimen el concepto “solidariamente”. Éste se utiliza para indicar que, en última instancia si la empresa subcontratista no se hace cargo de sus obligaciones con el trabajador, lo debe hacer la contratista.
“Ese estado de solidaridad crea indefensión legal para los trabajadores, quienes al final, en virtud de su desconocimiento de la Ley, se ven engañados”. La redacción, por ejemplo, del artículo 13 ya no diría que las empresas que contratan a una de subcontratación serán “solidariamente responsables”, sino única y directamente responsables.
Contratos claros y registrados ante la autoridad
De aprobarse esta ley sería obligatorio que en los contratos se establezcan los salarios, las prestaciones y las provisiones de seguridad social. Otra novedad es que ese documento deberá registrarse ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, el cual apenas será fundado.
Como está la ley actualmente, la empresa contratante de los servicios de terciarización es la que debe cerciorarse de que esta otra cumpla con las normas. La iniciativa de los sindicatos indica que también sería obligación del centro federal de conciliación. Esa autoridad debe verificar que cumpla con las disposiciones en materia de seguridad, salud, medio ambiente en el trabajo y añade: “paridad de género y no discriminación”.
Actualmente no se permite transferir trabajadores de planta al régimen de subcontratación con el fin de disminuir derechos laborales. Los sindicatos añaden que también debe quedar prohibido si lo hacen para aminorar sus obligaciones fiscales y de seguridad social.
En el artículo 15-A quedaría establecido que las empresas de subcontratación están obligadas a garantizar la seguridad social, otorgar prestaciones y cumplir con las normas fiscales.
“Sería un error asumir a la subcontratación como un mal necesario”, sostienen los autores del proyecto de reforma. Al contrario, existen todos los elementos para una regulación legal eficaz y “con supervisión contundente del Estado”.
Con información de Factor Capital Humano.