STPS amplió una vez más la prórroga de tomas de nota

Se extiende la vigencia de los documentos de representatividad sindical que hubiesen concluido entre el 23 de marzo de 2020 y el 30 de junio de este año

 .  (Foto: iStock)

Rosario Pérez

La STPS publicó en el DOF del 6 de mayo de 2021, el Acuerdo por el cual la STPS amplía una vez más la prórroga de la vigencia de las constancias o tomas de nota de las directivas sindicales registradas ante la STPS, con motivo de la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cual entrará en vigor el 7 de mayo de ese mismo .

Los sindicatos de trabajadores, así como las federaciones y confederaciones registrados ante la STPS, cuyas directivas o dirigentes hubiesen perdido vigencia con motivo del cumplimiento de las medidas extraordinarias derivadas de la pandemia, se tendrán por prorrogadas a partir de la fecha en que concluyó su validez y hasta el 30 de junio de 2021, siempre y cuando, se encuentren dentro de los siguientes supuestos:

  • la legalidad de las constancias o tomas de nota de las directivas o dirigentes concluyan o hubiesen prescrito entre el 23 de marzo de 2020 y el 30 de junio de 2021.
    El Titular de la Dirección General de Registro de Asociaciones dará a conocer en el portal de Internet de la STPS, la lista de sindicatos de trabajadores, federaciones y confederaciones que se encuentren en dicho supuesto, y
  • los procesos de elección de las directivas o dirigentes no se hubiesen celebrado o se suspendieran con motivo de la emergencia sanitaria

Las organizaciones sindicales podrán solicitar la certificación de que se encuentran sujetas a la prórroga, siempre que se ubiquen en los supuestos anteriores.

La Dirección General de Registro de Asociaciones brindará atención y orientación a las organizaciones sindicales, en un horario de lunes a viernes, de las 10:00 a las 14:00 horas.

Finalmente, debe considerarse que la prórroga no aplica para los procesos de elección que concluyeron antes del 23 de marzo del 2020 y que se encuentren pendientes de registro, ni tampoco para el caso de las directivas o dirigentes de los componentes, tales como secciones o delegaciones sindicales.

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