Permiso sin goce de sueldo, ¿se toma en cuenta para la PTU?

Una causal atípica de la suspensión de la relación laboral

En el 2020 le otorgamos a uno de nuestros trabajadores, un permiso sin goce de sueldo por 30 días. Este año, al pagarle sus utilidades, nos reclamó que su cálculo era incorrecto, ya que debimos considerar el periodo de la licencia otorgada como tiempo laborado,  el subordinado tiene razón


No. Los permisos sin goce de sueldo, es una causal atípica de la suspensión de la relación laboral, ya que durante el lapso concedido, el subordinado no presta sus servicios y no se le paga su salario; por ende, los 30 días que menciona en su pregunta, no deben incluirse para el cómputo de la PTU.

De ahí que su colaborador no le asiste la razón, y que en el cálculo de las utilidades, ustedes actuaron conforme a derecho.