Libre ejercicio del derecho a la lactancia
Se considera discriminatorio prohibir, limitar o restringir el acto de amamantar en espacios públicos
Laboral
Durante años se ha estigmatizado a las mujeres que alimentan a sus bebés en lugares públicos, por considerarlo inapropiado e inmoral, a pesar de ser un proceso natural de suma importancia para el desarrollo de los recién nacidos.
La lactancia debe considerarse como una actividad normal, por lo que es necesario fortalecer esta práctica con instrumentos jurídicos que protejan a las madres y a sus hijos.
De ahí que el 22 de noviembre de 2021 se publicó en el DOF una reforma a la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, en donde se adiciona a su numeral 9o., la fracción XXXIV, para señalar que considerarán discriminatorios los actos donde se prohíba, limite o restrinja el acto de amamantar en espacios públicos.
La exposición de motivos de esa reforma señala que es necesario promover la lactancia, no solo para su libre ejercicio y el derecho a la no discriminación de la mujer, sino que implica la protección de los derechos humanos a la salud y a la alimentación de los menores.
Factores como la desigualdad entre hombres y mujeres, segregación hacia las embarazadas o en periodo de lactancia, mantienen los prejuicios culturales y sociales en torno a la alimentación materna, los cuales constituyen una barrera para el ejercicio de ese derecho.
De ahí que se deba observarse la obligación del empleador de conceder a las madres trabajadoras dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en un lugar adecuado e higiénico dentro la empresa, y cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón, reducir en una hora su jornada de trabajo durante el periodo citado (art. 123 apartado A fracc. V, Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 170, fracc. IV, LFT).
Si bien, el centro de trabajo es un área privada, lograr que las colaboradoras cuenten con un lugar adecuado dentro de su espacio laboral, ayudará a ejecutar libremente ese derecho y a dejar de denigrar a las mujeres que amamantan a sus hijos en lugares públicos.
Lo anterior también fomenta la creación de empresas comprometidas con su personal, que promuevan espacios libres de discriminación, con inclusión e igualdad laboral.
Finalmente, si empleador no cuenta con un lugar para la lactancia o no otorga los reposos extraordinarios, estaría discriminado a las mujeres, vulnerando así su derecho a la igualdad.