Menores de edad podrán laborar en actividades del campo

Se aprobó una reforma que permitirá que los más jóvenes puedan emplearse en actividades agrícolas de menor riesgo

El 23 de febrero de 2022, se aprobó en la Cámara de Senadores una reforma a la LFT, que permitirá que los menores de 18 años puedan trabajar en actividades del campo que no sean de alto riesgo.

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Esta modificación tiene como objetivo:

  • clasificar las tareas agrícolas de bajo impacto para crear oportunidades de empleo formal de los más jóvenes en el medio rural, y
  • garantizar los derechos laborales de quienes actualmente se emplean en el sector primario de la economía

De ahí que con la enmienda se pretenda que el artículo 176, fracción II, numeral 8 de la LFT, establezca que las labores agrícolas, forestales, de aserrado, silvícolas, de caza y pesca están prohibidas para los menores, siempre que “impliquen el uso de químicos, manejo de maquinaria, vehículos pesados, y los que determine la autoridad competente”; por ende, se van a permitir tareas de menor riesgo para aquellos que tengan de 15 a 17 años y laboren en sector agrícola.

Asimismo, se plantea que la STPS junto con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, y la participación de empresas y demás interesados del sector agroalimentario, diseñen una norma oficial que establezca en qué pueden emplearse las personas de entre 15 y 18 años en el campo.

No obstante, esto pudiera significar un retroceso en la lucha para la erradicación del trabajo infantil, principalmente porque la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha manifestado que la agricultura es uno de los sectores más peligrosos en lo que se refiere a accidentes y enfermedades profesionales.

Finalmente, es importante mencionar, que esta reforma fue turnada al ejecutivo, por lo que se encuentra pendiente de ser publicada en el DOF y con ello, iniciar su vigencia.