El domingo 30 de octubre finalizará el horario de verano, por lo que se oficialmente a las dos de la mañana se atrasa una hora el reloj.
Esto puede impactar en las relaciones laborales, específicamente cuando se tienen turnos nocturnos. Ello porque justamente las 02:00 horas de la mañana se convertirán en la 01:00 de la mañana; lo cual podría implicar que se labore tiempo extraordinario.
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Según los numerales 60 y 61 de la LFT la jornada ordinaria nocturna, comprendida entre las ocho de la noche y las seis de la mañana, no puede superar las siete horas.
Por ejemplo, en un turno de 11 de la noche a seis de la mañana, con media hora de descanso para tomar alimentos (jornada continua), se tendría que dejar salir a los subordinados a las cinco de la mañana, de lo contrario se estaría generando tiempo extraordinario.
Para ejemplificar lo anterior se muestra la siguiente tabla
Horario verano | Horario invierno | Horas laboradas |
11:00 29 de octubre | 11:00 29 de octubre | Inicio de la jornada |
00:00 30 de octubre | 00:00 30 de octubre | 1 hora laborada |
01:00 30 de octubre | 01:00 30 de octubre | 2 horas laboradas |
02:00 30 de octubre | 01:00 30 de octubre | 3 horas laboradas |
03:00 30 de octubre | 02:00 30 de octubre | 4 horas laboradas |
04:00 30 de octubre | 03:00 30 de octubre | 5 horas laboradas |
05:00 30 de octubre | 04:00 30 de octubre | 6 horas laboradas |
06:00 30 de octubre | 05:00 30 de octubre | 7 horas laboradas |
07:00 30 de octubre | 06:00 30 de octubre | 8 horas laboradas (tiempo extraordinario) |
En virtud de lo anterior, si la empresa por necesidades de la operación y por la organización de sus turnos, necesita que la jornada concluya en un horario (considerando la hora oficial), los colaboradores laborarán tiempo extraordinario, por lo que debe considerar que: las primeras nueve horas extras en la semana se pagan con un 100 % adicional del salario que corresponde a cada una de las horas de la jornada, esto es al doble; y las excedentes se retribuyen con un 200 % adicional, es decir al triple (arts. 66, 67 segundo párrafo y 68, LFT).