Una “comunicación pública” en materia laboral es el mecanismo por el cual las empresas, las organizaciones de empleadores o trabajadores o cualquier persona interesada en presentar una queja para que se revise la aplicación de los capítulos en materia laboral del TIPAT y el T-MEC.
CONOZCA EL NUEVO REGLAMENTO SOBRE LAS COMUNICACIONES PÚBLICAS DEL TIPAT Y T-MEC
El Reglamento sobre las Comunicaciones Públicas a que se refieren los Artículos 19.9 del capítulo laboral del Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT) y el Artículo 23.11 del capítulo laboral del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC) señala que:
- la Unidad de Política Laboral y Relaciones Institucionales (UPLRI) de la STPS, es quien conoce de las comunicaciones públicas, las cuales se pueden presentarse en el: domicilio ubicado en boulevard Adolfo López Mateos no. 1968, PH, colonia Los Alpes, alcaldía Álvaro Obregón, CP 01010, CDMX; teléfono (55) 20005300, extensión 64362; o correo electrónico internacionales@stps.gob.mx, y
- la solicitud debe estar redactada en español, identificando al peticionario, su domicilio, teléfono y mail, y se tiene que precisar si contienen información confidencial; además se tiene que explicar cómo y en qué medida los asuntos planteados afectan el comercio o la inversión, relativos a los capítulos 19 del TIPAT o 23 del T-MEC
Si desea conocer con mayor profundidad el reglamento que regula el procedimiento de las comunicaciones públicas, se recomienda consultar el Infoflash 3532 Reglamento de comunicaciones públicas en materia laboral del T-MEC y TIPAT, el cual es de acceso exclusivo de suscriptores. Si usted aún no lo es, puede suscribirse en este enlace.