Nueva regulación para patrones del campo

El 25 de enero de 2024 entran en vigor los cambios a las Leyes Federal del Trabajo y del Seguro Social publicados en el Diario Oficial de la Federación

El 25 de enero de 2024 entró en vigor el Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo (LFT) y de la Ley del Seguro Social (LSS), en materia de derechos laborales de las personas trabajadoras del campo, publicado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en el Diario Oficial de la Federación del 24 de enero de 2024.

Una de las enmiendas principales es el concepto de trabajador del campo, y las tareas que se consideran de este sector. Ello en virtud de que ahora se considera que las labores del campo están dirigidas a la obtención de alimentos o productos primarios, a través de la realización de diversas tareas agrícolas, hortícolas, ganaderas, forestales, acuícolas, avícolas, apícolas u otras semejantes, siempre que estas no sean sometidas a algún tipo de proceso industrial y en tanto se desarrollen en ámbitos rurales.

También se destaca que se considera como trabajador del campo temporal a aquella persona contratada por obra, tiempo determinado o por temporada, conforme a la naturaleza o necesidades propias de las actividades señaladas. 

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 .  (Foto: Freepik, Imagen de a href en Freepik)

Contratos laborales de los trabajadores del campo

Con la reforma, ahora los contratos laborales de los trabajadores del campo, además de incluir los requisitos del numeral 25 de la LFT, tendrán que incluir los mecanismos acordados para informar a los empleados del campo acerca de las autoridades del trabajo y servicios sociales a las que se podrán acudir cuando consideren que sus derechos han sido menoscabados, a fin de ejercer la acción legal conducente.

Multas laborales por infracciones a obligaciones patronales en el ámbito del campo

También destaca el aumento del importe de las multas para los empleadores que violen las normas protectoras del trabajo del campo; por lo que las sanciones serán de:

  • 250 a 2,500 veces la UMA, cuando no conste por escrito el contrato de trabajo o no establezca los mecanismos para informar acerca de las autoridades del trabajo y servicios sociales que auxilien a los subordinados que deseen ejercer una acción legal en contra del patrón; y no lleve o sea deficiente el registro especial de las personas trabajadoras temporales, y
  • 250 a 5,000 veces la UMA, cuando no se proporcionen: habitaciones o estas no cuenten con las condiciones mínimas requeridas; alimentación; agua; sanitarios; educación; el traslado seguro y cómodo; servicios de guardería. También aplica esta multa cuando el empleador no promueva un ambiente libre de discriminación y de violencia

Cuál fue el cambio más relevante en seguridad social 

En cuanto a la modificación a la Ley del Seguro Social (LSS), lo más trascendente a favor de las trabajadoras del campo temporales, es que se les garantiza durante el tiempo efectivo de labores, el derecho a recibir las prestaciones del Seguro de Enfermedades y Maternidad, tanto en especie y en dinero.

Finalmente, si desea conocer más acerca de los cambios del Decreto de reforma a la LFT y a la LSS en materia de trabajadores del campo, puede consultar nuestro Infoflash # 3653 Reforma laboral de los trabajadores del campo, servicio exclusivo para suscriptores. Si usted aún no lo es puede suscribirse en este link

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