De conformidad con el numeral 15 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación especializada deben renovar su registro en el sistema “Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas” (REPSE) cada tres años.
Asimismo, en términos del artículo octavo, numeral 2o. del Acuerdo por el que se dan a conocer las disposiciones de carácter general para el registro de personas físicas o morales que presten servicios especializados o ejecuten obras especializadas a que se refiere el artículo 15 de la LFT (Acuerdo REPSE), el patrón debe estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social frente al Servicio de Administración Tributaria (SAT), al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y al Instituto del Fondo Nacional para la Vivienda de los Trabajadores (Infonavit) al momento de renovar su registro.
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Acciones patronales ante la negativa de renovación del REPSE
Si al realizar el trámite la Secretaría del Trabajo y Previsión Social niega la renovación del REPSE, el interesado puede intentar nuevamente la gestión, salvo que su registro esté cancelado, en este caso, tendría que solicitar uno nuevo.
De no estar de acuerdo con la determinación o de contar con información que desvirtúe tal incumplimiento, el interesado puede interponer el recurso de revisión dentro del plazo de 15 días ante la misma autoridad que emitió la resolución, o bien iniciar un juicio de nulidad (contencioso administrativo) ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa dentro de los 30 días siguientes a aquel en surtió efectos la notificación de la determinación, por la vía ordinaria (arts. 83 y 85, Ley Federal de Procedimiento Administrativo, y 13, párrafos primero y tercero, fracc. I, inciso a), Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo).
¿Por qué motivos puede negarse la renovación del REPSE?
Según el numeral décimo cuarto del Acuerdo REPSE, la renovación en el padrón de subcontratistas puede negarse por:
- no estar al corriente con las obligaciones fiscales y de seguridad social
- incumplir con los requisitos y requerimientos establecidos
- proporcionar información falsa o documentos apócrifos
- no enviar la documentación en el formato establecido o este sea ilegible
- no atender los requerimientos
- detectarse datos diferentes o imprecisos con respecto a lo contenido en los escritos adjuntos, y
- por advertirse incumplimientos a la LFT en materia de subcontratación
Para conocer los pasos a seguir para renovar el registro en el padrón de subcontratistas especializados, se recomienda la lectura del tema “Renovación del REPSE”, disponible en la revista digital número 563 del 31 de agosto de 2024.
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