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El esquema puede ayudar a completar semanas de cotización para garantizar la pensión al momento de jubilarse
La Modalidad 40 del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) es una alternativa que permite a los trabajadores continuar cotizando de manera voluntaria tras darse de baja del régimen obligatorio. Su objetivo es aumentar semanas registradas y el promedio salarial de los últimos cinco años, lo cual influye directamente en el monto de la pensión. Sin embargo, para quienes comenzaron a cotizar a partir del 1 de julio de 1997, este esquema tiene beneficios limitados en comparación con la Ley 73.
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¿Qué beneficios ofrece la Modalidad 40 en Ley 97?
De acuerdo con Jorge Alarcón, líder de Retiro en WTW, firma multinacional en consultoría y tecnología para riesgos y capital, señaló que la principal utilidad de este esquema es ayudar al trabajador a alcanzar las mil semanas necesarias para acceder a la pensión mínima garantizada. En este sentido, funciona como un puente para cumplir con el requisito básico de elegibilidad.
“Entrar a la Modalidad 40 si se está en Ley del ´97 puede ser, o para sumar semanas cotizadas y alcanzar los mínimos que se necesitan, que son alrededor de mil semanas y alcanzar así una pensión mínima, o bien, puede ser combinado; es decir, buscar un mecanismo donde se ahorre para el retiro y ayude a tener una mejor pensión”, mencionó Jorge Alarcón.
Otro beneficio es que la Modalidad 40 permite al trabajador mejorar el promedio de salario registrado en sus últimos cinco años de cotización. Esto puede traducirse en un incremento en el cálculo final de su pensión, aunque sólo está disponible para trabajadores de la Ley 73, fuera de ello, los límites en el régimen 97 son más evidentes.
¿Qué desventajas enfrenta frente a la Ley 73?
Entre las diferencias que existe de apoyarse en la Modalidad 40 según la Ley a la que perteneces se da con relación al costo-beneficio, donde es considerablemente menor para quienes cotizan en la Ley 97. Esto porque en la Ley 73 el pensionado recibe una pensión calculada por el IMSS y además conserva los recursos acumulados en su Afore, mientras en la Ley 97 únicamente contará con lo que haya acumulado en su cuenta individual.
“En Ley 97, lo que se tiene es lo que se va a recibir, ese dinero es lo único que se va a ganar, con rendimiento competitivo, pero solo eso, un rendimiento uno a uno del que se tiene”, agregó Alarcón.
Esto implica que la Modalidad 40 en la Ley 97 no multiplica de forma significativa los beneficios, ya que el saldo acumulado en la cuenta Afore será la base principal de la pensión, independientemente de las aportaciones voluntarias hechas bajo este esquema.
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¿Cuáles son los requisitos para registrarse?
Conforme al trámite IMSS-02-007, los requisitos para inscribirse en la Modalidad 40 son:
- Haber estado previamente en el régimen obligatorio.
- Contar con al menos 500 semanas cotizadas (Ley 73).
- Haber causado baja en el último empleo.
- No recibir pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.
- Presentar la solicitud dentro de los cinco años posteriores al cese laboral.
La afiliación se realiza en la Subdelegación del IMSS que corresponda al domicilio del trabajador o a través del portal institucional.
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Otras alternativas para mejorar la pensión en Ley 97
Para los trabajadores que se encuentran en el régimen 97, supervisado por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR), establece que el monto de la pensión depende exclusivamente del saldo acumulado en la cuenta individual de Afore. Por esta razón, los trabajadores pueden complementar su ahorro mediante diversas vías:
- Aportaciones voluntarias en tu Afore, esto incrementan directamente el saldo disponible.
- Planes privados de pensión contratados con aseguradoras o instituciones financieras, que permiten diseñar esquemas adicionales de retiro.
- Ahorro a largo plazo en instrumentos financieros regulados, con beneficios fiscales dependiendo del tipo de plan elegido.
Estas opciones, junto con la Modalidad 40, pueden conformar una estrategia combinada para alcanzar una pensión más competitiva. No obstante, la elección depende de factores como edad, historial de cotización y capacidad de ahorro del trabajador.
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