Multas por discriminación laboral en México: ¿Qué dice
la LFT?
Créditos de la imágen: Imagen generada con Gemini pro
La discriminación laboral no solo vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores, sino que también puede representar un alto costo para los empleadores
El artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prohíbe toda forma de discriminación motivada por origen étnico o nacional, género, edad, discapacidad, condición social, estado de salud, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra circunstancia que atente contra la dignidad humana o limite el ejercicio de derechos y libertades.
En el ámbito laboral, este principio se traduce en el derecho de toda persona a acceder y permanecer en un empleo en condiciones de igualdad, sin que factores ajenos a sus capacidades, conocimientos o experiencia influyan en las decisiones de contratación, permanencia o promoción.
Asimismo, la LFT reconoce el derecho al trabajo digno o decente, el cual comprende el respeto a la igualdad de trato y la prohibición de cualquier acto discriminatorio.
El patrón que cometa cualquier acto o conducta discriminatoria en el centro de trabajo o que tolere o permita actos de acoso u hostigamiento sexual en contra de sus trabajadores, puede ser sancionado con una multa de 250 a 5,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), equivalente actualmente a $ 29,327.50 y $ 586,550.00, conforme al artículo 994, fracción VI, de la Ley Federal del Trabajo (LFT.)
Aunque la ley laboral prohíbe estas prácticas, todavía son frecuentes casos en los que:
se despide a la trabajadora por estar embarazada o contraer nupcias
la persona trabajadora es objeto de acoso por su orientación sexual, o rechazada en el empleo por tener cierta edad
se limita el acceso o permanencia en el empleo por motivos de discapacidad, estado de salud, nacionalidad, religión o ideología
Estas conductas generan un trato desigual que no guarda relación con las competencias laborales del trabajador y afectan el derecho a un empleo digno.
Además de perjudicar a las personas afectadas, la discriminación limita el aprovechamiento del talento, incrementa la desigualdad y puede provocar problemas de salud mental, como estrés, ansiedad o depresión, derivados de ambientes laborales hostiles.
Cuando un trabajador considera que fue víctima de discriminación, puede presentar una queja o denuncia ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Como consecuencia, la autoridad puede practicar una inspección laboral y, si acredita la existencia de actos discriminatorios, imponer al patrón la multa antes señalada.
Adicionalmente, el trabajador puede presentar una denuncia ante el Ministerio Público cuando la conducta constituya el delito de discriminación.
Los empleadores deben revisar permanentemente sus políticas de contratación, permanencia, capacitación y promoción para garantizar que todas las decisiones se basen exclusivamente en las capacidades, experiencia y desempeño del personal.
Desde 2019, los patrones tienen la obligación de implementar un protocolo para prevenir la discriminación por razones de género y atender casos de violencia, acoso y hostigamiento sexual.
Además la reciente reforma en materia de igualdad sustantiva señala que los empleadores deben garantizar espacios de trabajo libres de discriminación, lo que constituye una obligación legal y una práctica indispensable para promover el trabajo digno.
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