Deseamos cambiar algunas condiciones de trabajo en la empresa, para ello, nuestro asesor laboral nos señaló que podemos dar por terminada las relaciones laborales y recontratar a nuestros empleados con las nuevas condiciones que deseamos establecer. ¿No estaríamos violando los derechos de los trabajadores
Consideramos válida la propuesta de su asesor, siempre y cuando se consideren dos puntos:
- esta estrategia debe aplicarse como último recurso cuando la empresa no pueda sostener económicamente el costo de las condiciones de trabajo pactadas con sus trabajadores, y
- al momento de dar por terminada la relación laboral con sus trabajadores, deberán cubrir la indemnización de tres meses, más las partes proporcionales de prestaciones devengadas y la prima de antigüedad, con la finalidad de liquidar tanto la relación laboral como los derechos adquiridos de los trabajadores y con ello cumplir jurídicamente con las obligaciones inherentes a la terminación de una relación laboral decidida unilateralmente por la empresa.
Al ser una terminación colectiva deberá llevarse a cabo ante la Junta de Conciliación y Arbitraje de acuerdo con el artículo 435, de la Ley Federal del Trabajo.