Con objeto de otorgar un mayor beneficio al sector laboral, el Fondo de Fomento y Garantía para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot) recientemente modificó las condiciones que rigen los créditos concedidos por ese organismo, al incrementar el rango salarial para poder acceder a este financiamiento, ya disponible para quiénes perciban hasta el equivalente a 20 salarios mínimos generales mensuales ($25,290.00 en la zona "A"; $24,060.00 en la circunscripción "B", y $22,980.00 en la demarcación "C").
Asimismo, la institución disminuyó las tasas aplicables a esta clase de crédito, las cuales quedaron de la siguiente manera:
RANGOS SALARIALES 1 | TASA ANTERIOR(%) | NUEVA TASA (%) |
1 | 7.00 | 6.25 |
2 a 3 | 26.00 | 20.50 |
4 a 5 | 27.00 | 20.50 |
6 a 7 | 28.00 | 20.50 |
8 a 9 | 29.00 | 20.50 |
10 a 14 | 29.00 | 25.00 |
15 a 202 | 0.00 | 28.00 |
Promedio | 23.40 | 20.17 |
1 Se refieren a veces el salario mínimo general vigente del área geográfica en donde se ubique el establecimiento
2 Este rango fue recientem ente incorporado, por ello, la tasa anterior era equivalente a cero
La comisión por apertura de crédito al trabajador se mantiene en 3%, preservándose también los plazos de seis, 12, 18 y 24 meses para liquidar el mismo.
Para obtener mayores informes al respecto, se sugiere contactar a cualquiera de las delegaciones de esa dependencia, pudiendo consultar los datos de la más cercana al establecimiento en la siguiente dirección electrónica: http://www.fonacot.gob.mx