Prórroga para presentación de dictamen fiscal 2016

Para gozar de esta facilidad es necesario que las contribuciones estén pagadas a más tardar el 15 de julio de 2017

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 .  (Foto: Redacción)

Por Antonio Castillo 

Aquellos contribuyentes que por el ejercicio 2016 hayan optado por dictaminar sus estados financieros para efectos fiscales por contador público registrado, deberán presentarlo a más tardar el 15 de julio de 2017.

Sin embargo, de acuerdo con la regla 2.13.2. de la RMISC 2017 dicho dictamen fiscal podrá ser presentado a más tardar el 31 de julio de 2017, cumpliendo con las siguientes condiciones:

  •   las contribuciones deberán estar  pagadas el 15 de julio de 2017, y
  •  el anexo "Relación de contribuciones por pagar"  deberá consignar que tales tributos fueron cubiertos en la referida fecha

Dicha normativa apercibe a los contribuyentes que de no cumplir con estas condicionantes, y el dictamen sea presentado después del 15 de julio de 2017, será considerado extemporáneo.

Por su parte, las sociedades controladoras podrán presentar su dictamen fiscal a más tardar el 29 de agosto de 2017, bajo las mismas condicionantes, debiendo en su caso, quedar pagadas las contribuciones el 15 de agosto de 2017.