Beneficios a familiares de derechohabientes IMSS fallecidos

Erika Rivera
Editora adjunto Web y Print de IDC; especialista en relaciones laborales, IMSS, Infonavit y pensiones
- 2017-10-16
Prestaciones que pueden solicitar los beneficiarios de las personas que murieron en los pasados sismos
En septiembre, más de 350 personas fallecieron como consecuencia de los terremotos de los días 7 y 19 que sacudieron a nuestro país. Probablemente algunas de ellas tenían una cuenta de individual administrada por una Afore, por lo que es común que sus familiares se pregunten ¿Qué pasará con esos recursos?
Cuando un pensionado o asegurado del Seguro Social muere, sus familiares más cercanos tienen la posibilidad de recibir ciertos beneficios del IMSS, de la Afore que maneja la cuenta de aquel o de la aseguradora que elijan estos; a estas personas se les denomina beneficiarios.
LEE: FAMILIARES DE TRABAJADORES FALLECIDOS PUEDEN RECLAMAR AFORE
Según la LSS los beneficiarios de un pensionado o asegurado son:
Los beneficios que sus familiares pueden obtener a su muerte son los siguientes:
Según el beneficiario será el tipo de pensión que reciban, para la LSS de 1973 y 1997:
Pensión | Beneficiario | Porcentaje que recibirán de la pensión que le hubiese correspondido, según ley de | |
1973 | 1997 | ||
Viudez | Esposa o concubina, previo cumplimiento de los requisitos señalados en el punto anterior | 40 % | 90 % |
Orfandad | Hijos | 20 % a cada uno, aumentará a 30% cuando queden huérfanos de padre y madre | |
Ascendientes | Padres, a falta de los anteriores beneficiarios | 20 % a cada uno |
Además de las pensiones mencionadas, los beneficiarios podrán recibir los recursos de la cuenta individual del fallecido pensionado, siempre y cuando no hubiese aún retirado los recursos acumulados de dicha cuenta (este caso es poco probable porque normalmente, cuando un trabajador se pensiona se le entregan sus recursos del SAR).
Si el pensionado no cuenta con ningún beneficiario legal, recibirán sus recursos las personas, a quienes les dio tal carácter ante su Afore (beneficiarios sustitutos), pero antes tendrán que acudir a la Junta de Conciliación y Arbitraje a tramitar una Constancia de Designación de Beneficiarios, ya que no tienen derecho a recibir ninguna pensión.
Si el trabajador murió cuando estaba llevando a cabo las labores que pactó con su patrón, se considera que falleció a causa de un riesgo de trabajo; por ende sus beneficiarios recibirán las siguientes pensiones:
Pensión | Beneficiario | Porcentaje que recibirán de la pensión que le hubiese correspondido por Incapacidad Permanente Total |
Viudez | Esposa o concubina, previo cumplimiento de requisitos legales | 40 % |
Orfandad | Hijos, previo cumplimiento de requisitos legales | 20 % a cada uno, aumentará a 30 % cuando queden huérfanos de padre y madre |
Ascendientes | Padres, a falta de los beneficiarios anteriores | 20 % para cada uno |
Además de las pensiones, el IMSS o la aseguradora elegida por sus beneficiarios, les dará las siguientes prestaciones:
Lo anterior en términos de los numerales 50 a 67, 128 a 137 de la LSS de 1997; 57 a 74, 149, 152 a 159 de la LSS de 1973 y 503 de la LFT.