La cónyuge de uno de nuestros trabajadores falleció, por lo que se tomó la decisión de apoyarlo económicamente para que sufragara los gastos del funeral, pero vacilamos si debemos integrar este monto a su salario base de cotización (SBC). Qué nos pueden comentar al respecto
El artículo 27 de la LSS señala que el SBC se integra por todos los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, primas, y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al personal por su trabajo.
En tal virtud, como el apoyo referido en su consulta no es una prestación retributiva porque el fin de su otorgamiento fue evitar que el patrimonio del subordinado resultara afectado por la contingencia referida, este no forma parte de su SBC.