Una de las problemáticas más comunes en las empresas es el cálculo de las aportaciones de vivienda (5%) y amortizaciones de los préstamos concedidos por el Infonavit, cuando los trabajadores no se presentan a laborar por causa justificada o no.
Como la determinación y entero correcto de los conceptos señalados, a continuación se señala lo que se debe hacer en ambos supuestos.
De acuerdo con los numerales 33 y 35 del Reglamento de Inscripción, Pago de Aportaciones y Entero de Descuentos al Infonavit (Ripaedi), cuando las ausencias de un trabajador a sus labores no se pague salario, pero subsista la relación laboral, para el cálculo de las aportaciones y amortizaciones se observará lo siguiente:
Finalmente es importante considerar que en caso de trabajadores beneficiarios con un empréstito del Infonavit, la responsabilidad solidaria del patrón respecto a la amortización del crédito de aquellos, termina con la presentación del aviso de baja respectivo (art 50, Ripaedi).