A fin de continuar con los trabajos de implementación de la tecnología en la realización de los trámites ante el Seguro Social, el pasado 10 de mayo entraron en vigor dos acuerdos emitidos por su Consejo Técnico:
- ACDO.AS2.HCT.280218/42.P.DPES y su Anexo Único, relativo a la autorización para el uso de la Firma Electrónica Avanzada (e.firma), cuyo certificado digital sea emitido por el SAT, en las actuaciones y actos administrativos en los procedimientos inherentes a los procesos para el otorgamiento de las prestaciones en dinero que prevé la LSS, que realicen los servidores públicos del IMSS, y
- ACDO.AS1.HCT.280218/43.P.DPES, por el que se autoriza dentro de la estrategia IMSS Digital, el desarrollo y uso del componente de pensiones denominado Mi Pensión Digital
A continuación se abordan los aspectos más destacados de estos documentos en virtud de que son de gran trascendencia para los trabajadores y sus beneficiarios, a efectos de que las áreas de recursos humanos o nómina los conozcan y así puedan orientar a aquellos sobre el particular.
Uso de la Fiel para autorizar prestaciones
El primer instrumento tiene como propósito dotar de facultades a los servidores públicos del Seguro Social para que puedan utilizar su e.firma (emitida por el SAT) para emitir, a través de medios electrónicos, resoluciones vinculadas con las prestaciones en dinero de la LSS, tales como pago de pensiones, rentas vitalicias, subsidios y ayudas para gastos de matrimonio y de funeral.
Los papeles emitidos en esos términos deberán notificarse a los solicitantes personalmente en las ventanillas de las unidades de Prestaciones Económicas o por medios informáticos, en caso de que procedan, serán válidos y exigibles a partir del día siguiente al de su notificación.
Mi Pensión Digital
El segundo acuerdo tiene como propósito autorizar dentro de la “estrategia IMSS Digital” el desarrollo y uso del componente de pensiones denominado Mi Pensión Digital, el cual considera el desarrollo de:
- los servicios digitales, que comprendan la confronta de datos personales registrados en el Instituto contra los registrados en las Administradoras de Fondos de Ahorro para el Retiro (Afore), y
- un aplicativo en el que el asegurado:
- previo a la presentación de su trámite de solicitud de pensión, pueda conocer sus datos afiliatorios y personales, así como los de sus beneficiarios registrados ante el IMSS, y
- conozca el cálculo estimado de su pensión, en donde se considere la información de semanas de cotización reconocidas por el Seguro Social, el salario base de cotización que tiene registrado ante dicho Instituto, el tipo de pensión y régimen solicitado. Con ello el asegurado tendrá certeza de los datos que, en su caso, se tomarán en cuenta para el otorgamiento de su pensión.
Por su parte, los beneficiarios del asegurado o pensionado de que se trate, podrán conocer los datos personales y el cálculo estimativo de las pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, según se trate
También estos individuos podrán registrar la información necesaria para modificar sus datos, en caso de que sean incorrectos. Con base en esta información podrán iniciar su trámite de solicitud de pensión y, en su caso, la actualización de sus datos personales, en las ventanillas de Prestaciones Económicas del Instituto.
Se prevé que en una primera etapa el aplicativo solo contemple la información relacionada con el asegurado para las pensiones de Cesantía en Edad Avanzada y de Vejez; y posteriormente, la relativa a las pensiones por riesgos de trabajo (incluyendo indemnizaciones globales), invalidez; de retiro, viudez, orfandad y de ascendencia.
Para acceder a estos servicios se debe registrar en esa herramienta. Para ello se tiene que proporcionar su Número de Seguridad Social, Clave Única de Registro de Población y correo electrónico.
Por su parte los servicios de Prestaciones Económicas del IMSS emplearán el aplicativo para gestionar la información inherente al proceso de otorgamiento de las pensiones y rentas vitalicias, en todas sus modalidades, de acuerdo con las liberaciones que se realicen durante la transición para la implementación de este nuevo aplicativo y el desuso del Sistema de Trámite de Pensiones para la gestión del trámite de solicitud de pensión.
De igual forma, a través de este instrumento, se autoriza a los funcionarios competentes para que suscriban digitalmente (con su e.firma), las actuaciones y las resoluciones del procedimiento administrativo inherente al trámite de solicitud de pensiones; así como el sello digital emitido por el SAT para la autenticación de los documentos institucionales que se emitan con motivo del uso de este aplicativo.
Al cierre de esta edición el IMSS aún no libera el aplicativo Mi Pensión Digital, probablemente este sea liberado en el micrositio de pensiones, página web: http://www.imss.gob.mx/pensiones/pensiones, en el que actualmente se pueden realizar las siguientes acciones:
- aclarar dudas sobre el trámite de pensión
- verificar que los datos personales del trabajador que se tienen registrados en el IMSS sean los mismos que en la Afore. y
- conocer un estimado de la pensión, capturando distinta información