Sustitución de dictaminador ante IMSS

Los patrones tienen la posibilidad de cambiar al contador público autorizado

 .  (Foto: iStock)

José Juan Rios Aguilar

Los patrones que tuvieron en el 2017 un promedio anual de 300 o más trabajadores y aquellos que optaron por dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones en materia del Seguro Social deben presentar su dictamen a más tardar el próximo 15 de octubre, debido a la prórroga autorizada por el Instituto recientemente (arts. 3o., último párrafo y 161, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF— ).

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A pesar de que la entrega de la opinión del contador público autorizado (CPA) está por vencer, existen casos en que se pretende sustituir a dicho profesionista, por lo que a continuación se comenta si esto es o no posible.

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El artículo 160 del RACERF otorga la posibilidad al patrón para cambiar de CPA, dentro de los tres meses siguientes a la presentación del aviso de dictamen. Por lo que, quienes presentaron dicho comunicado en abril, tuvieron hasta julio para hacerlo.

No obstante, si el profesionista no puede formular el dictamen por incapacidad física o impedimento legal, comprobados, la sustitución puede realizarse en cualquier momento antes de que concluya el plazo para presentar el dictamen (art. 160, segundo párrafo, LSS).

En este caso, el IMSS puede autorizar, previa solicitud patronal, una prórroga de dos meses siguientes al 15 de octubre. (art. 160, último párrafo, LSS).

Finalmente, tanto para la sustitución como para la prórroga los patrones deben solicitarla a través de un escrito libre que se entrega en la subdelegación que corresponde al domicilio del registro patronal a revisar.


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