Cómo dar de baja a beneficiario ante el IMSS

Es una prerrogativa de los trabajadores dar de baja ante el IMSS a los beneficiarios que ya no requieren las prestaciones y servicios ofrecidos por el Instituto

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 (Foto: Cuarto Oscuro)  (Foto: Redacción)

De conformidad con el artículo 67, tercer párrafo del Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización —RACERF—, el asegurado tiene la obligación de comunicar al Seguro Social los cambios en su estado civil, así como solicitar el registro de sus beneficiarios o dar de baja a aquellos que ya no tienen la calidad de derechohabientes debido a un divorcio; al cumplir a la mayoría de edad o por no seguir estudiando o cuando se suscite su fallecimiento.

Este trámite se puede realizar vía Internet ingresando al Escritorio Virtual. Para ello, se debe tener registrada una cuenta en el portal, la cual se obtiene proporcionando la Clave Única de Registro de Población CURP— y empleando la e.firma respectiva.

También se puede efectuar dicha gestión en la Unidad de Medicina Familiar —UMF— de adscripción del trabajador, en el área de Control de Prestaciones, en un horario de 8:00 a 14:00 horas. Para tales efectos, el afiliado debe presentar los siguientes documentos en original y copia:

  • identificación oficial (INE, pasaporte, cédula profesional, cartilla del servicio militar; y en caso de extranjeros matrícula consular, carnet de identidad de ciudadano extranjero, forma migratoria FM2 o FM3)
  • Número de Seguridad Social, y
  • CURP

Por lo que hace al trámite de baja, además de la información detallada, deben anexarse los siguientes documentos, dependiendo del beneficiario de que se trate:

  • esposa, acta o certificación de divorcio o constancia de inexistencia de matrimonio  o en su caso acta de defunción
  • hijos, acta de nacimiento o defunción, o
  • concubina (o) y padres, acta de defunción o declaración expresa y por escrito del término de convivencia o dependencia

La constancia de la gestión que se obtiene por cualquiera de los dos medios es la siguiente:

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 .  (Foto: IDC online)