Llevamos a cabo un proceso de selección de personal y decidimos contratar a tres candidatos, por lo que comunicamos su reingreso al IMSS el 14 de enero de 2019; sin embargo, dos de ellos no se presentaron a trabajar, por lo que comunicamos su baja al día siguiente. En virtud de ello, deseamos saber si tenemos que pagar las cuotas obrero-patronales de estos dos sujetos, o bien qué trámite se puede realizar para no cubrirlas. Nos pueden orientar al respecto
Deben cubrirse las cuotas obrero-patronales porque no existe alguna disposición legal que los exima de esa obligación.
Lo anterior, a pesar de que nunca se materializó la prestación del servicio personal y subordinado y no procedía el aseguramiento de los colaboradores.
Esto es así, porque el sistema informático del IMSS impide que se realicen dos movimientos afiliatorios con efectos del mismo día, como lo es el reingreso y la baja.
Además, en términos del numeral 37 de la LSS, hasta que el patrón presente al Instituto el aviso de baja del trabajador, subsiste su obligación de cubrir las cuotas obrero-patronales.