Término legal para modificar salario fijo ante el IMSS
Lapso con el que cuentan los patrones par realizar este tipo de movimientos afiliatorios
Seguridad Social
Cuando un trabajador recibe un aumento de salario es importante que este hecho se comunique al Instituto a efectos de evitar la imposición de un crédito fiscal consistente en diferencias, actualizaciones y recargos o capitales constitutivos.
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Para tales efectos los artículos 15, fracción I y 34, fracción I de la LSS señalan que el lapso que tiene el patrón es de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se otorgó el aumento.
Además debe considerarse que este tipo de movimiento afiliatorio, surte efectos a partir de la fecha en que entró en vigor el cambio de salario (art. 53, primer párrafo, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización –RACERF–).