Comisiones de afores sobre saldo deberán bajar, siguen altas

Habrá una estructura jurídica para los fondos de inversión, fiefores, que sustituirán a las siefores, informó el presidente de la Consar

Las Afores ya enfrentaron momentos complicados como la crisis de las empresas de vivienda o del precio del petróleo.
 Las Afores ya enfrentaron momentos complicados como la crisis de las empresas de vivienda o del precio del petróleo.  (Foto: iStock)
México (El Economista) -

Las comisiones que cobran las administradoras de fondos para el retiro (afores) sobre el saldo del ahorro de los trabajadores seguirán bajando y, junto con la nueva comisión que se cobre sobre rendimientos, no deberá ser mayor a 0.70%, afirmó Abraham Vela, presidente de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar).

“La suma de ambas comisiones no debe superar 0.70% para el 2024. Las comisiones sobre saldo deberán ir bajando, pues siguen siendo altas en comparación a los niveles internacionales, y la comisión con base en el rendimiento se deberá ajustar a ese máximo”, dijo en entrevista, a escasas dos semanas de que se aprobará la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (SAR) en la Cámara de Diputados.

El presidente de la Consar explicó a El Economista que dichas comisiones empezarán a cobrarse a partir del próximo año. Para ello, las 10 afores que conforman el mercado deberán entregar sus propuestas de comisiones y la Junta de Gobierno de la Consar las revisará y aprobará.

Es decir, si la comisión de una afore es de 0.65% sobre saldo y es de las afores que brindan los mejores rendimientos, entonces podrá cobrar una comisión adicional de 0.05 por ciento. “Es un dulcecito que les daremos a las afores. Un incentivo”, expuso.

Indicó que en la Ley del SAR se aprobó un transitorio en el que se establece que, en conjunto, la comisión sobre saldo y la comisión con base en rendimiento no debe ser mayor al promedio que ofrece el mercado.

De acuerdo con datos de la comisión las administradoras cobran actualmente una comisión promedio de 0.98 por ciento.

La comisión más cara es de 1.04% y la cobran Azteca, Coppel, Invercap y Principal; mientas que la más baja es de 0.82% y la cobra Pensionissste.

Régimen de inversión se ampliará de forma gradual

Otro aspecto que fue aprobado en la Ley del SAR por parte de la Cámara de Diputados fue ampliar el régimen de inversión de las afores para mejorar justamente los rendimientos que dan a los más de 63 millones de trabajadores que ahorran para su pensión.

En diversas ocasiones, los directores de las afores y expertos coincidían en que era necesario ampliar el límite de 20% que se tiene en inversión extranjera, pues con ello podrían mejorar los rendimientos y podrían ser más competitivas.

Vela comentó que, si bien la Consar será ahora la que determine el régimen de inversión, es decir, los porcentajes que podrán destinar las afores de sus activos a inversiones, los cambios se harán de manera gradual para no provocar un impacto negativo en el ahorro de los trabajadores.

Lo anterior, expuso, se decidió con base en las recomendaciones del Banco de México y de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, que tienen mayor experiencia en los temas de renta variable y de valores extranjeros; además de un mayor conocimiento sobre cuál podría ser el impacto de un aumento de dichos instrumentos.

“Si en el futuro fuera necesario incrementar estos límites, las autoridades financieras lo consideraríamos con el propósito de no generar fluctuaciones indeseadas o bruscas en los mercados financieros. Si se incrementan debe ser de una manera muy gradual o lenta justamente para no afectar el funcionamiento de los mercados financieros y para no poner en riesgo la estabilidad financiera del país”.

Recordó que la Consar forma parte del Consejo de Estabilidad del Sistema Financiero, por lo que se planteó que se debe ser muy cuidadoso en el cambio de los límites de inversión de las afores, para que no se vaya a reflejar en una toma excesiva de riesgos para los trabajadores.

A la pregunta de si las afores podrán incurrir en los mandatos para ampliar sus inversiones en el extranjero, respondió:

“Eso es algo que no hemos decidido con claridad, hay que tomar en cuenta que esta iniciativa se aprobó hace poco, tenemos que evaluar con mucho cuidado y responsabilidad ante el comité de riesgo, de administración y de la Junta de Gobierno de la Consar”.

Fiefores,supervisadas y reguladas

El presidente de la Consar descartó que el cambio de sociedades de inversión de fondos para el retiro (siefores) a fondos de inversión (fiefores) implique un riesgo para el ahorro de los trabajadores. Aseguró que también serán supervisas y reguladas.

“En la iniciativa se incluyeron medidas para atender la estructura jurídica de los fondos de inversión, donde se mejoran cuestiones del gobierno corporativo. Las fiefores van a estar sujetas a un esquema de gobernanza más estricto que cualquier fondo de inversión para cuidar el ahorro de los trabajadores”, aseguró.

Añadió que uno de los problemas que se tenía anteriormente con las siefores es que el consejo de administración de la afore estaba integrado por los mismos representantes del consejo de administración de la siefore, lo cual podía generar una especie de conflicto de intereses, pues se velaba más por el negocio que por el beneficio de los trabajadores.

“Ahora se tendrá una separación entre el consejo de administración de la afore y del de los fondos de inversión. Con esto se atiende ese posible conflicto de intereses, no se sabe si ocurrió, pero más vale prevenir que lamentar”, concluyó.

Qué cambios tiene la reforma a la Ley del SAR:

  • Se cobrará una comisión que se conformará de dos aspectos: comisión sobre saldo y otra con base en el rendimiento.
  • La comisión sobre rendimiento sólo la cobrarán las afores que den las mejores ganancias.
  • Las comisiones de las afores deberán bajar y ubicarse en un promedio de 0.70% en el 2024. Actualmente cobran 0.98% en promedio.
  • Las afores invertirán en fondos de inversión (fiefores) que sustituirán a las siefores.
  • Consar tendrá facultades para establecer el régimen de inversión de las afores, es decir, el límite de inversión de cada instrumento.
  • Afores podrán invertir en: préstamos de valores, operaciones de reporte inverso; podrán adquirir valores internacionales e invertir en emisiones primarias de ofertas públicas o privadas.
  • Los fondos de inversión de las afores deberán publicar en dos periódicos de circulación nacional los estados financieros trimestrales y el anual.
  • Los límites de inversión en renta variable y valor extranjero se ampliarán de manera gradual.
  • Las afores contarán con comités de administración, de riesgo y con consejeros independientes.
  • Los trabajadores podrán disponer de los recursos que hayan generado de sus aportaciones voluntarias.